Opinión

Universidad y triestamentalidad

Casa Central Universidad de Chile.

El Senado de la Universidad de Chile aprobó cambios reglamentarios que hacen efectiva una enmienda al artículo 36 del Estatuto Universitario, promulgada en diciembre de 2023. Esta permite que estudiantes e integrantes del personal de colaboración (funcionarios) participen con derecho a voto en los Consejos de Facultad, junto a directivos y representantes académicos. La medida ha generado debate sobre la participación vinculante de estos estamentos en decisiones clave para la vida de una facultad universitaria. Así, se ha creado un clivaje entre quienes apoyan una estructura triestamental y quienes la rechazan.

La opinión vinculante de estudiantes y funcionarios ha demostrado ser de gran valor en diversos espacios de la Universidad, como ha sido el caso del propio Senado Universitario. Sus aportes enriquecen el debate y fortalecen la legitimidad de las decisiones institucionales, en un marco que, tal como lo establece el Estatuto, resguarda las jerarquías inherentes al quehacer universitario. Ese resguardo ha sido precisamente uno de los principios mantenidos estrictamente en las recientes modificaciones normativas.

Sin embargo, han surgido cuestionamientos sobre la conveniencia de otorgar derecho a voto a estudiantes y funcionarios en estos espacios de deliberación. Algunos temen que se trate del primer paso hacia una triestamentalidad plena, que incluiría la elección de cargos unipersonales - como rector, decanos o directores de instituto -, lo que estaría bastante alejado de la actual realidad institucional y tendría un derrotero de muy largo aliento. Otros advierten sobre el riesgo de captura de representantes por grupos específicos, fenómeno que, cabe señalar, no sería exclusivo para estos estamentos. También se ha planteado la baja representatividad de algunos de los electos, un punto legítimo que amerita revisión normativa para garantizar mayor legitimidad y participación efectiva.

Igualmente, ha existido una línea argumental que indica que faltarían opiniones vinculantes para estas modificaciones de instancias como el Consejo Universitario, dado que eventualmente correspondería a un cambio de estructura. Si bien se revisa como conveniente la opinión de decanos y representantes del Presidente de la República que componen dicho Consejo, procedimentalmente las modificaciones a los reglamentos referidos en el Estatuto Universitario son atribuciones privativas del Senado Universitario, lo que acontece en este caso.

Académicos, estudiantes y funcionarios construyen día a día la comunidad universitaria. Si bien el liderazgo en la conducción y gobierno de la Universidad recae principalmente en el estamento académico, acorde a su tradición y contexto, esto no resta valor al aporte de los otros actores en los órganos colegiados. Sus visiones y experiencias enriquecen el debate institucional y fortalecen el carácter plural de nuestra Universidad.

Quisiera cerrar esta reflexión con un punto que, aunque a menudo relegado, no es menor: la voz de los egresados. Quizás sea momento de considerar seriamente su inclusión en los espacios colegiados locales y los organismos superiores de gobierno. Son una parte importante del prestigio de una universidad, portan un vínculo permanente con la institución y tienen una perspectiva única al conectar la vida profesional extramuros con las decisiones académicas. Escuchar sus opiniones y experiencias puede aportar significativamente al desarrollo de la casa de estudios.

Por Daniel Burgos, ex senador universitario

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