¿Cómo acceder a los beneficios tributarios de la nueva Ley de I+D?
El programa de investigación y Desarrollo (I+D), que modifica la Ley 20.241, dependiente de la Corfo, cumple su primera semana. A pesar de que aún no han ingresado proyectos para su certificación y acceder al beneficio tributario, la entidad ya tiene el compromiso de 52 empresas, con una inversión a 12 meses de I+D de $15 mil millones, lo que podría más que duplicar la inversión realizada entre 2008 y agosto de 2012, cuando alcanzó $6.500 millones. ¿Cómo beneficia a las empresas, y cómo se puede acceder? Las respuestas las detalla la jefa del programa de Incentivo Tributario I+D de Corfo, Isabel Salinas.
1. En qué consiste
El beneficio permite rebajar -vía impuesto- hasta un 35% de los recursos destinados a actividades de I+D, realizadas ya sea por sus propias capacidades o con el apoyo de terceros así como las contratadas a un Centro especializado que se encuentre inscrito en el registro de Corfo. Además el 65% restante del monto invertido podrá ser considerado como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de la empresa. La rebaja puede llegar al 48%, sobre un tope de crédito tributario de 15 mil UTM anuales por empresa (US$1,2 millón). Si una empresa invierte $100 millones en I+D, cuando haga su declaración de impuesto a la renta podrá cargar $65 millones como gasto, bajando la base imposible.
2. Público objetivo
Es un instrumento transversal. No hay restricciones por tamaño de la firma o sector productivo.
La ley antigua era más restrictiva, pues para poder utilizar el beneficio, el crédito tributario no podía ser superior al 15% del ingreso bruto anual de la empresa. En la actual normativa se eliminó este requisito y cualquier empresa que realice actividades de investigación y desarrollo va a poder aplicar estos beneficios, y además van a poder, en el caso de que no tengan impuestos suficientes para rebajar el crédito tributario, aplicarlo en el ejercicio siguiente.
3. Pasos a seguir
Lo primero es que las empresas efectivamente partan por leer la ley y su reglamento, ese es un requisito básico.
Si ya tiene el proyecto formulado, hay que ingresar a la página web de Corfo (www.corfo.cl/incentivotributario), y ahí hay un módulo de postulación online donde van a ingresar la información de su proyecto. Esto es un sistema 100% online, aquí no hay trámites ni papeles, ni tener que dirigirse a la oficina de partes.
Tienen que pagar un arancel, que varía según el costo total del proyecto. Lo que la ley establece es que ese arancel no puede ser inferior a 10 UTM, que son casi $400 mil, y no superar el costo total del proyecto.
Adjuntar los papeles legales escaneados y envíar la solicitud vía online.
Una vez recibido los documentos Corfo asigna a un ejecutivo para verificar que ese proyecto cumpla con los requisitos que la ley exige.
Desde que se presenta la solicitud hasta la certificación del proyecto, el proceso puede tardar entre 20 y 60 días.
4. Requisitos
El primer requisito es mostrar que el conjunto de actividades asociadas al proyecto tengan por objeto llevar a cabo investigación y desarrollo.
El segundo es que exista una consistencia entre el conjunto de actividades que se van a hacer y el presupuesto asociado a eso. Y que además, esos costos que se informan se ajustan a las observadas en el mercado, es decir, que no sea un proyecto que esté inflado con costos que no sean reales respecto a lo cuesta realizar estas actividades.
Y el tercero, es sobre el tema que se debe investigar, que estén las condiciones para desarrollar esta investigación y desarrollo. Que la empresa demuestre que puede llevar a cabo estas actividades.
A esto se suma que los proyectos podrán tener un monto mínimo de inversión de $4 millones.
5. Modalidades para certificación
Las empresas van a tener 2 posibilidades para solicitar a Corfo la certificación. La primera es la modalidad "tradicional", que es cuando una empresa formula su proyecto y lo presenta a Corfo para la certificación. Esto requiere un período de 20 a 60 días desde que presentan las solicitudes hasta que Corfo resuelva. En este caso se van a reconocer los gastos a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Y la otra modalidad es la de “intención de acogerse”, que es cuando una empresa está desarrollando un proyecto de investigación y desarrollo y a lo mejor, por temas de confidencialidad no quiere informar a Corfo del proyecto o porque está realizando gastos y todavía no tiene bien definido ni formulado su proyecto, entonces, en este caso se envía a Corfo la intención de acogerse. Una vez que se envía este aviso hay un plazo máximo de 18 meses para poder formular el proyecto y presentar la solicitud de certificación.
En este caso, Corfo va a reconocer los gastos a partir de la fecha del aviso de intención y durante todo ese período, las empresas van a poder cargar como gasto aceptado el 65%, y el 35% restante lo van a poder provisionar de tal manera de aplicarlo una vez recibida la certificación. Una vez resuelto este último paso se podrá aplicar el crédito tributario de 35%.
6. Fiscalización
Corfo es la entidad encargada de fiscalizar la función de estos proyectos. Una vez certificados, se prepara un programa de fiscalización que se envía a las empresas. Además, se avisa al Servicio de Impuestos Internos (SII) mediante protocolos que están establecidos .
A su vez, en marzo de cada año se informa al SII de los proyectos y sus montos, para que el contribuyente que va a hacer su declaración de impuestos respecto de los gastos efectivos que hizo entre el 1 enero y el 31 de diciembre del año, el SII tenga claro cuál es el tope del beneficio tributario.
7. Revocación del incentivo
Básicamente, la ley establece que los contribuyentes pueden perder el beneficio tributario si es que en el proceso de fiscalización se identifican irregularidades mayores y que efectivamente se pueda advertir que el proyecto no se esté desarrollando en los términos que se tuvieron como base para su certificación.
Eso es distinto a las modificaciones de un proyecto. Si se modifica o cambia una iniciativa I+D, se debe informar a la Corfo. A su vez, la entidad analizará que las modificaciones permitan mantener las condiciones que justamente dieron pie a la certificación y con eso se podría recertificar si se necesita un monto mayor. Con esto se informa al SII, para que la empresa pueda aplicar sin inconvenientes el beneficio tributario.
Las principales claves a considerar del I+D
DEL EXTRAMUROS AL INTRAMUROS
En la ley 20.241 las empresas sólo podían contratar un centro experto inscrito en un registro de Corfo para desarrollar proyectos. Así podían aplicar los beneficios tributarios, y se denominaba como la modalidad extramuros.
Ahora, en cambio, las empresas podrán solicitar a Corfo la certificación de las actividades de investigación y desarrollo que realicen con sus propias capacidades internamente, y aplicar los beneficios tributarios sobre esa modalidad llamada intramuros. Además, podrán contratar centros de investigación sin la necesidad que están inscritos en la Corfo, o contratar a un experto en el extranjero, siempre y cuando el 50% de esos desembolsos se hagan dentro de Chile.
“No es que la modalidad extramuros no exista, va a seguir existiendo la posibilidad de contratar un centro que esté en este registro, pero ahora se incorpora esta modalidad intramuros, y configurar el proyecto como se desee, es decir, a lo mejor una parte del proyecto va a querer hacerla intramuro y otra parte extramuro, eso se puede hacer”, dijo la jefa del programa de Incentivo Tributario I+D de Corfo, Isabel Salinas.
SE AUMENTA EL TOPE DEL BENEFICIO
En la legislación anterior se establecía que el tope del beneficio no podía ser superior al 15% del ingreso bruto anual de la empresa, ni al equivalente a 5.000 UTM, es decir, US$390 mil. Desde hace una semana, y con la entrada en vigencia de la nueva Ley I+D, se eliminó el requisito respecto al tope de ingreso bruto anual y se aumentó el piso máximo a 15.000 UTM, que significa en promedio US$1,2 millón.
“Este es el monto de crédito tributario que puede obtener anualmente, es decir, si yo certifico un proyecto de varios millones de dólares que se desarrollará en un largo período de tiempo, eso significa que anualmente tienes que realizar gastos por alrededor de $1.700 millones (US$3,6 millón), para que el 35% de eso sean las 15.000 UTM”, aclaró Salinas.
Respecto al desarrollo de I+D de empresas pequeñas que probablemente no podrán ocupar el tope máximo del beneficio, Salinas señaló que “efectivamente se ajusta a las empresas más grandes, las empresas pequeñas jamás podrá llegar a estos topes (15.000 UTM), sin embargo, el único requisito acá es que el proyecto que certifiquemos sea por un monto mínimo de 100 UTM, y esos son casi $4 millones”.
SE RECONOCEN GASTOS DE BIENES FÍSICOS
Con la ley antigua al contratarse un centro de investigación certificado por la Corfo sólo se reconocían los gastos necesarios para poder llevar a cabo el proyecto de I+D, es decir, se incluían los gastos corrientes relacionados con remuneraciones, materiales, contratos a personas jurídicas, gastos incurridos en la constitución de la propiedad intelectual y los gastos en servicios básicos, además de los contratos al nuevo personal y al centro de investigación que no esté asociado a Corfo. Ahora, los proyectos además de gastos corrientes se compondrá de gastos de bienes físicos del activo inmovilizado, donde se consideran los gastos en adquisición o fabricación de equipos e infraestructura. En este último caso el crédito tributario se aplica a la cuota anual de depreciación.
Asimismo, la nueva ley establece que los centros de investigación ya no tendrán el requisito de cumplir 2 años den el desarrollo en I+D y tenerla como principal actividad para registrarse, sino que sólo necesitará 6 meses.
Lo Último
Lo más leído
1.
2.
3.
4.
Contenidos exclusivos y descuentos especiales
Digital + LT Beneficios$3.990/mes por 3 meses SUSCRÍBETE