Con arresto domiciliario nocturno queda teniente coronel de Carabineros formalizado por daño ocular a joven en Temuco tras estallido social
Además, el tribunal decretó en contra del imputado la prohibición de salir del país y de acercarse a la víctima. Se fijó un plazo de investigación de cinco meses.

A las 9.00 horas de este lunes, el Juzgado de Garantía de Temuco dio inicio a la audiencia de formalización en contra del teniente coronel de Carabineros, Manuel Martínez, imputado como autor de lesiones graves y gravísimas a un joven, quien recibió un impacto de perdigón en su ojo derecho en el marco del estallido social. El tribunal ordenó las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno, prohibición de salir del país y de acercarse a la víctima.
De acuerdo a los antecedentes relatados los fiscales de la Unidad de DD.HH., Nelson Moreno y Jorge Calderara, el hecho ocurrió el pasado 19 de octubre de 2019 mientras se registraban manifestaciones en Temuco -principalmente enfocadas en la avenida Caupolicán- en las que participaba la víctima, Luis Jiménez. “Alrededor de las 22.00 horas, (Martínez) junto con personal a su cargo, pretendió dispersar a un grupo de cerca de 30 personas que había arrancado la reja del bandejón central e instalado una barricada”, dijo Moreno.
Tras la llegada de los funcionarios, algunas personas “comenzaron a lanzar objetos contundentes contra de los efectivos policiales”, señaló el persecutor. En ese momento -agregó-, Martínez habría “hecho uso de la escopeta (...), disparando tres veces y apuntando directamente al tercio superior (del joven) en los instantes que éste se encontraba aislado del grupo”.
Moreno aseveró que no “concurría ninguna circunstancia que justificara el uso del arma ni la manera en que ésta fue empleada”. Producto del disparo, el joven resultó herido y fue diagnosticado con un traumatismo ocular grave. Debió ser hospitalizado y sometido a dos intervenciones quirúrgicas para extraer el material, terminando con la pérdida total de la visión en su ojo derecho.
A juicio del Ministerio Público, además, este delito se habría perpetrado con dolo directo. Una de las razones que expuso el fiscal fue la conducta posterior del oficial policial: “No dice que lo vayan a auxiliar (al joven), le dice a los dos funcionarios que lo vayan a detener a pesar del estado de salud en que se encontraba la víctima”.
Por esa razón, se solicitó prisión preventiva en contra del uniformado. “La libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y también está vinculado con un peligro de reiteración de conducta de similar naturaleza”, dijo el persecutor. Una solicitud que secundó la parte querellante.
Tras un receso, la audiencia se volvió a retomar alrededor de las 15.00 horas. En la instancia expuso la defensa del imputado, el abogado Marcelo Pizarro.
Medidas cautelares y cinco meses de investigación
El juez de Garantía de Temuco ratificó la calificación de lesiones graves gravísimas, ya que esta acción “causó la pérdida total del ojo derecho y, por lo tanto, de la visión. Eso claramente puede provocar que (la víctima) no pueda desempeñar su vida de la misma manera que lo hacía antes de la lesión”.
Sin embargo, mencionó que hay antecedentes contradictorios con respecto a su participación en los desórdenes que se registraban durante esa noche. Además, aseguró que “no es posible concluir que el imputado de forma dolosa haya disparado exclusivamente en su contra con la intención de lesionarlo”. En esa línea, aludiendo al sumario administrativo que realizó la institución -y que presentó la defensa-, “se da cuenta que la alteración del orden público era grave y que habían seis funcionarios policiales disputando el control de la vía pública contra un turba de primero 150 personas y luego de 30, y que hubo utilización progresiva del uso de la fuerza”. Tampoco -agregó- “está del todo claro que el funcionario haya apuntado directamente contra el tercio superior del cuerpo de la víctima”.
“Los antecedentes de la investigación por ahora, me llevan a concluir que estamos más bien frente a un hecho que da cuenta de la utilización innecesaria de medios disuasivos”, dijo. El tribunal agregó que, por el momento, “no se puede atribuir responsabilidad a titulo de autor de delito de dolo” y que es más bien “un delito culposo de lesiones graves gravísimas”.
Por esa razón, determinó arresto domiciliario nocturno -de las 22.00 a las 6.00-, prohibición de salir del país y prohibición de acercarse a la víctima. Además, se estableció un plazo de cinco meses de investigación.
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