Los siete puntos en que la ley uruguaya permitirá el aborto

El Poder Ejecutivo tendrá 30 días para reglamentar la normativa cuando sea promulgada.




La ley de interrupción voluntaria del embarazo aprobada el Parlamento uruguayo despenaliza el  aborto dentro de las primeras doce semanas de gestación, pero bajo ciertas  condiciones.

A continuación se explican las situaciones en las que la ley uruguaya  permitirá el aborto:

-Cuando la mujer quiera interrumpir su embarazo, el médico deberá disponer  para el mismo día, o el siguiente, una consulta con un equipo integrado de al  menos tres profesionales que deberá informar a la mujer sobre "las  características de la interrupción del embarazo y de los riesgos inherentes a  esta práctica" además de las alternativas al aborto provocado, los programas  disponibles de apoyo social y económico o la posibilidad de dar a su hijo en  adopción.

"El equipo interdisciplinario deberá constituirse en un ámbito de apoyo  psicológico y social a la mujer, para contribuir a superar las causas que  puedan inducirla a la interrupción del embarazo y garantizar que disponga de la  información para la toma de una decisión consciente y responsable", sostiene la  norma.

-La mujer dispondrá luego de un "período de reflexión" mínimo de cinco días. Si ratifica su decisión, el médico debe coordinar "de inmediato" el  procedimiento, buscando que "se oriente a la disminución de riesgos y daños".

-Como excepción, se autoriza el aborto cuando el embarazo implique un grave  riesgo para la salud de la mujer, cuando haya malformaciones incompatibles con  la vida extrauterina o cuando el embarazo sea producto de una violación, en  cuyo caso se puede abortar dentro de las 14 semanas de gestación.

-La decisión corresponde a la mujer. El padre solo puede participar de la  decisión en caso que la mujer lo autorice, pero no puede forzarla a interrumpir  su embarazo o a continuarlo.

-Todas las instituciones del sistema nacional de salud tendrán la obligación de cumplir con la ley. Si tienen "objeciones de ideario,  preexistentes a la vigencia de esta ley" deberán acordar con las autoridades la  forma en que sus usuarias accederán a un aborto.

-Sólo podrán realizarse abortos las ciudadanas uruguayas naturales o legales o las extranjeras que acrediten fehacientemente su residencia habitual  en Uruguay durante un período no inferior a un año.

-Si la mujer no cumple con todos los trámites y plazos establecidos en la  nueva ley e igual se realiza un aborto, podría ser penalizada según los términos de la ley de 1938, que pena con tres a nueve meses de prisión a la  mujer que consienta un aborto, con seis a 24 meses a quien colabore con el  mismo y con dos a ocho años a quien lo practique sin el consentimiento de la  embarazada.

El Poder Ejecutivo tendrá 30 días para reglamentar la ley tras su  promulgación.

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