Tratados en la nueva Constitución


SEÑOR DIRECTOR

El presidente de la CPC, Juan Sutil, señaló a este medio que “debemos también fortalecer todos los tratados internacionales, partiendo por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pasando por los de libre comercio, hasta llegar a todos los relativos a la protección de la inversión extranjera.”

Siguiendo esta propuesta, los derechos humanos habrían perdido, por dos razones principalmente. Primero, la Declaración Universal de los Derechos Humanos es no vinculante en el derecho internacional, además de ser más vaga que los tratados de derechos humanos. Segundo, los tratados internacionales económicos obtendrían, de jure y de facto, un reconocimiento mayor que los tratados de derechos humanos. La razón: aquellos sí son vinculantes en el derecho internacional, y tomarían precedencia sobre la Declaración Universal de los Derechos Humanos, al no incorporar los tratados de derechos humanos, y a mayor jerarquía que los tratados económicos.

La propuesta del señor Sutil nos llevaría de vuelta incluso a antes del 1989, cuando el artículo 5º inciso 2º introdujo esta diferencia. Chile estaría violando la cláusula de progresividad del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturas, y desoiría, además, la voz de la ciudadanía que ha exigido la mayor garantía de los derechos sociales.

Judith Schönsteiner

Centro de Derechos Humanos UDP

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