FNE blinda fallo en la Suprema y solicitará elevar multas a Don Pollo y gremio avícola
Una semana decisiva en el área judicial tendrán las empresas Agrosuper, Empresas Ariztía, Agrícola Don Pollo.
La Tercera Sala de la Corte Suprema anunció que este miércoles serán los alegados del denominado caso pollos, donde por medio de un recurso de reclamación las avícolas buscan revertir la histórica multa de US$61 millones por colusión.
La reactivación del caso surge en el marco de una profunda reforma al sistema de libre competencia.
En la Corte Suprema el objetivo de las avícolas es reducir la sanción impuesta por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en septiembre de 2014. En esa oportunidad el órgano antimonopolio condenó a las compañías y al gremio que las reúne al acreditar la existencia de un acuerdo que se extendió por más de 15 años en el mercado de la producción, distribución y comercialización de carne de pollo.
A pocos días de los alegatos la Fiscalía presentó tres informes en derecho que respaldan su posición.
La entidad busca multar a la Asociación de Productores Avícolas (APA) y ampliar el monto a Agrícola Don Pollo de US$10 millones a US$ 25 millones. La FNE apoyará las peticiones en el estudio del Dr. Juan Carlos Ferrada Bórquez, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valparaíso, quien señala que es “evidente que el TDLC en el caso de la empresa Don Pollo, incorpora como criterio para la determinación de la multa elementos que no reconoce estrictamente la ley, sin justificar suficientemente la opción tomada y yendo en contra de los precedentes seguidos por el mismo y por la Corte Suprema”.
Además añade que en la rebaja de multa a Don Pollo y la extensión de multa para la APA, el TDLC no satisface las exigencias que le impone el principio de proporcionalidad. “El TDLC actúo con cierto grado de arbitrariedad, al carecer de razones suficientes que respalden las opciones resolutivas adoptadas, más allá de consideraciones generales de mercado, las que no aparecen claramente explicitadas en el fallo, ni establecidas en la ley”.
Otro de los flancos que busca cubrir la FNE es la temporalidad, reiterando que fue correcta la aplicación del DL 211. Para ello la Fiscalía presentó un informe titulado “La aplicabilidad temporal de las normas del Decreto Ley 211”, elaborado por Antonio Bascuñán Rodríguez, profesor de derecho penal de la Universidad de Chile.
De igual forma, el último de los informes presentados es el de “Garantía constitucionales y principios legitimadores del poder sancionador del Estado frente a la aplicabilidad temporal de las normas del Decreto Ley 211”. El escrito del profesor de Derecho Procesal Penal de a Universidad de Chile, Jorge Bofill Genzsch, califica la aplicación de la actual normativa antimonopolio de correcta “sin que haya infringido por el sentenciador alguna garantía constitucional o principio legitimador del poder sancionatorio del Estado”.
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