La Haya valida paralelo del Hito 1, pero Chile reduce 22 mil km2 en zona económica exclusiva

Dos horas. Ese fue el tiempo que utilizó el presidente de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, el eslovaco Peter Tomka, para leer un resumen del fallo que puso fin a seis años de juicio entre Chile y Perú por la demanda marítima que el país vecino interpuso contra Santiago el 16 de enero de 2008.
El tribunal internacional validó gran parte de la argumentación jurídica de la defensa chilena al mantener el Hito 1 como el punto de inicio de la frontera marítima con Perú, reconocer que sí existía una delimitación y preservar el paralelo para separar las aguas. Sin embargo, en una solución cuestionada por el gobierno, la Corte resolvió quebrar el paralelo en las 80 millas y trazar a partir de ese punto una línea equidistante hacia el suroeste hasta la intersección de las 200 millas náuticas de ambos países.
Sobre la petición peruana de un triángulo exterior, el tribunal no se pronunció, ya que la nueva delimitación deja en manos del vecino país dicha zona.
El veredicto de La Haya otorgó a Perú un dominio marítimo de unos 22 mil km2 de zona económica exclusiva que estaba en poder de Chile, pero en un aspecto considerado clave para nuestro país, no generó cambios ni en el mar territorial chileno, que comprende 12 millas náuticas, ni en la zona contigua, correspondiente a igual extensión y que llega hasta las 24 millas.
Así, fueron cinco los puntos sobre los que la Corte resolvió su fallo. El primero fijó el paralelo como límite marítimo por 15 votos a 1; el segundo ratificó su inicio en el Hito 1 por igual votación; luego, por 10 votos a 6 definió la extensión de la frontera marítima hasta las 80 millas. En el cuarto punto resolvió trazar la línea equidistante también por 10 votos contra 6; y en el último punto, sobre el triángulo exterior, por 15 a 1 determinó no pronunciarse.
La sentencia de la Corte amplió el dominio marítimo peruano, pero no quitó soberanía a Chile, y según expertos el impacto sobre la pesca no tendrá un grado mayor, ya que ésta se concentra en las primeras 40 millas.
Para determinar que la frontera marítima se extiende hasta las 80 millas náuticas, el tribunal tuvo a la mano, según expuso el juez Tomka, que existía incertidumbre sobre la longitud precisa del límite marítimo, que la evidencia no permite sostener se extiende más allá de las 80 millas náuticas, pero que había un acuerdo tácito en los años 50 que fijaba la frontera.
Así, la Corte determinó que el paralelo se extienda hasta las 80 millas náuticas y no hasta las 200, como defendía Chile, en base a la práctica de la actividad pesquera y las capturas de embarcaciones.
Con todo, se reconoce la práctica histórica del Hito 1 como punto de inicio de la frontera marítima, y no el Punto Concordia o 266 como defendía Perú, y que se ubica a unos 260 metros al suroeste. Junto con ello se ratificó el uso del paralelo como límite marítimo.
CHILE CUESTIONA EL "PARALELO QUEBRADO"
Una vez conocida la sentencia, la priemra reacción chilena fue la del agente Alberto van Klaveren.
En una solemne puesta en escena en el hall del Palacio de La Paz, flanqueado por los coagentes María Teresa Infante y Juan Martabit, el jefe de la delegación cuestionó que la Corte determinara que la extensión del paralelo llegara hasta las 80 millas náuticas. "Lamentamos profundamente esta resolución, que en nuestra opinión carece de fundamento", sostuvo el agente.
Las palabras de Van Klaveren hicieron eco en Santiago en el mundo político, donde generó reparos la decisión de la Corte de sustentar el quiebre del paralelo en equidad, sin reprochar los argumentos jurídicos de Chile.
En Santiago fue justamente este punto el que generó mayor rechazo, pese a que se trata de un fallo inapelable. Sin embargo, pueden presentarse dos tipos de recursos: uno de revisión, que establece el artículo 61 de la Corte y es de carácter excepcional, pocas veces acogido por el tribunal. Trata del descubrimiento de un hecho nuevo, desconocido durante el juicio y que podría hacer fallar de otra manera.
La otra herramienta es un recurso de interpretación, y se refiere a algún aspecto del fallo que no se entendió o es indefinido.
¿EL CIERRE DE UN CAPÍTULO?
Ya lo había dicho el agente peruano Allan Wagner al finalizar los alegatos orales del caso en diciembre del 2012, al aludir a que el último tema fronterizo pendiente entre Chile y Perú sería resuelto por la Corte. Y ayer el diplomático limeño remarcó ese diagnóstico al decir que "no hay nada pendiente, puesto que la frontera terrestre quedó demarcada en el Tratado de 1929".
En rigor, el tribunal no podía modificar ese punto, ya que según dicho acuerdo, en caso de controversia entre ambos países, corresponde a Estados Unidos resolver el asunto.
Así, la sensación de que con el fallo de La Haya se cierra un capítulo histórico, poniendo fin a los temas limítrofes pendientes entre Chile y Perú, toma fuerza en Santiago, donde en el mundo político y diplomático impulsan que ello quede plasmado en algún documento o tratado.
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