Regulación de los multi-family office
La recientemente aprobada Ley Unica de Fondos (LUF) incluye un capítulo que hace referencia a los multi-family office, negocio que en nuestro país ha tenido un amplio crecimiento los últimos años. Esta regirá a las entidades que administren activos financieros de al menos 50 familias o que tengan al menos 500 cuentas individuales. Entre sus aspectos más relevantes, la ley exigirá a los multi-family office que queden dentro de su perímetro de regulación un patrimonio mínimo de solvencia de UF10.000 para respaldar su giro. La Ley Unica de Fondos también obliga a la SVS a crear un registro único de administradores de cartera, en el cual deberán estar tanto los multi-family office que tengan las características de "fiscalizables", como también las propias administradoras generales de fondos. Asimismo, y al igual que como está ocurriendo con los corredores de bolsa, los socios, directivos y ejecutivos que se dediquen al negocio deberán acreditar conocimientos e idoneidad para ejercer sus funciones. No parece oportuno que la SVS busque normar esta industria, considerando que se sustenta entre relaciones contractuales entre privados, ambas partes con un nivel de sofisticación y conocimiento del mercado de capitales muy por sobre los inversionistas retail. Además, esta industria ya estaría normada por la ley del mercado de capitales y no parece necesario incorporar más regulación y supervisión reglamentaria, lo que además se traduce en más costos para el fisco.
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