Diario Impreso

Cuatro mil chilenos han sido notificados por descarga ilegal de música

<P>Campaña de la Asociación de Productores Fonográficos es, por ahora, sólo una advertencia, pero podría derivar en sanción legal.</P>

Desde 2010, la ley de propiedad intelectual en Chile permite que los titulares de obras (musicales, literarias, fotográficas, etc.) puedan perseguir a quienes hagan uso de ellas ilegalmente.

La descarga de música a través de programas P2P (peer-to-peer), que permiten el intercambio de archivos entre computadores como si trabajaran en red, es una de las formas consideradas ilegales y por eso la Asociación de Productores Fonográficos de Chile (IFPI) -que agrupa a 6 compañías discográficas- están notificando desde hace un año a los usuarios que hacen descargas ilegales en el país.

Según su primer balance, desde junio de 2012 a la fecha, 4 mil personas han recibido la notificación de que están cometiendo un ilícito.

Richard Godoy, gerente de IFPI dice a La Tercera que la información de los infractores es obtenida a través de programas robots, que señalan la dirección IP del usuario que realiza la descarga y el momento en que la realizó. Con esa información, la asociación envía una carta a los proveedores de servicios de internet (ISP), quienes son los que deben hacer llegar la notificación al usuario.

El sistema es similar al sistema de alerta de copyright implementado recientemente en EE.UU. (ver recuadro). "Cuando un usuario descarga un archivo ilegal su número de IP queda registrado y de acuerdo con la última ley de propiedad intelectual, los proveedores de servicios de internet tienen la facultad de notificar a estos hogares", explica.

Advertencia

El ejecutivo agrega que en este momento sólo se trata de una campaña de educación. "Se le da a conocer al titular de la cuenta. Generalmente, son padres que no saben que sus hijos usan programas de descarga y que al descargar una canción efectúan una reproducción no autorizada", sostiene. "Son como partes de cortesía, pero a futuro el directorio podría decidir demandarlos, la ley lo permite hoy en día", sostiene.

En el 10% de las cuatro mil notificaciones enviadas, el titular se han contactado con la asociación comprometiéndose a eliminar dichos programas. "Muchas veces no entienden de qué se trata y cuando se les explica están muy de acuerdo con proteger los derechos de los productores, artistas y compositores", dice Godoy.

Rodrigo León, abogado experto en propiedad intelectual de Silva & Cía, indica que aunque la Ley 17.336 de Derecho de Autor señala que los proveedores de servicios de internet deben notificar cuando alguien está infringiendo la ley, pero no están obligados a bajar el contenido. "El objetivo es sólo informar y la decisión de bajar o no ese contenido es de la persona, salvo que haya un juicio en que se le impida el acceso a ese archivo", dice.

La notificación no es una demanda judicial. "Es un llamado de atención, pero no tiene sanción legal. Lo que sí podrían es demandarlo por vía judicial, pero eso es posterior. En Chile no existe el sistema legal de que el ISP que recibe el aviso tenga que bajar su contenido, como en EE.UU.", aclara Léon.

El experto dice que "uno de los puntos que merece alguna duda es cómo los titulares del derecho de autor se consiguen las pruebas sin violar la privacidad de las personas", indica León.

Claudio Ruiz, director de la ONG Derechos Digitales, comparte la opinión y sostiene que el P2P como tal no es ilegal. "Es una tecnología de intercambio de información y archivos que funciona hace muchos años. Criminalizarla, porque eventualmente puede llevar a actos infractores es un error", indica.

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