Acuerdo abusivo
17 JUNIO
La ley de delitos económicos amplió el catálogo de infracciones con persecución penal. La reforma creó dos artículos en la ley de sociedades anónimas. Uno de ellos, el 134 bis, penaliza los “acuerdos abusivos” que adopten los directorios en perjuicio de algún socio. Y extiende esa responsabilidad a los controladores. Las empresas han estado pidiendo asesoría a grandes bufetes de abogados para entender los alcances e implicancias de la reforma más importante desde la dictación del Código Penal en Chile.
El temido artículo 134 bis: la norma que penaliza los “acuerdos abusivos” en las grandes empresas
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