Social de Derecho
16 MARZO
El artículo 1 de la Comisión de Principios Constitucionales, en su inciso primero, busca reemplazar el rol subsidiario que le otorga al Estado, de manera implícita, la Carta Magna de 1980. Volvió a la comisión tras ser votado en contra por constitucionales de derecha, de escaños reservados y de la exLista del Pueblo.
Pleno de la Convención rechaza en particular artículo que define a Chile como un “Estado social de derecho”
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