
¿Volverán a la cárcel? CDE y Fiscalía se unen para pedir que se revierta libertad de Leonarda Villalobos y Daniel Sauer
Aquí los detalles de los recursos con los que acusadores buscan que tanto la abogada como el empresario vuelvan a prisión preventiva.

Un importante hito se vivió la semana pasada en el caso Audio.
El 29 de abril el Cuarto Juzgado de Garantía revocó la medida cautelar de prisión preventiva de la abogada María Leonarda Villalobos y del empresario Daniel Sauer, ambos imputados por varios delitos económicos en la causa. Villalobos permaneció 245 días privada de libertad en el centro penitenciario de San Miguel, mientras que Sauer estuvo cerca de un año en Capitán Yáber.
“Un arresto domiciliario total y un arraigo nacional son suficientes por ahora”, señaló la jueza Carolina Herrera en el caso de la abogada, mientras que en el caso de Sauer consideró que este había colaborado con la investigación, que contaba con irreprochable conducta anterior y que no se vislumbraba peligro de fuga.
La decisión del tribunal de primera instancia no fue bien recibida ni en la Fiscalía Metropolitana Oriente ni en el Consejo de Defensa del Estado, que es querellante en el caso.
Ambos organismos presentaron recursos de apelación, argumentando que ellos son “un peligro para la seguridad de la sociedad” y que dada la gravedad de los delitos deberían regresar a prisión preventiva.

La Fiscalía
La Fiscalía cuestionó la decisión del tribunal, señalando que causaba un “agravio” para la investigación y afirmando que las defensas no habían presentado antecedentes nuevos que cambiaron el curso de la causa.
Basándose en el artículo 140 del Código Procesal Penal, la Fiscalía en su recurso argumentó que ambos representaban un peligro para la seguridad de la sociedad por la gravedad del hecho, la gravedad de la pena asignada, el número de delitos, la existencia de procesos pendientes y actuar en grupo o pandilla.
“El análisis de si la libertad de un imputado constituye o no un peligro para la sociedad no es una predicción criminológica, tampoco es un concepto indeterminado o entregado al arbitrio de apreciación del juez de Garantía de turno”, se afirma en el texto firmado por el fiscal adjunto Juan Pablo Araya.
Asimismo, el ente persecutor cuestionó la colaboración en la investigación. “El hecho de que ambos imputados hayan declarado en Fiscalía en varias oportunidades no puede suponer por sí solo la configuración de la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos del artículo 11 N° 9 del Código Penal".
Sobre esto último, la Fiscalía arguye que “si bien han declarado, ambos imputados en varias oportunidades, en la Fiscalía, estos imputados mayormente han aportado su versión de los hechos, relatos que resultan en muchos puntos contradictorias entre sí, pero también con las restantes versiones y antecedentes de la investigación”.

CDE
Del mismo modo, el Consejo de Defensa del Estado, que presentó una querella contra Luis Hermosilla, Daniel Sauer y María Leonarda Villalobos el 5 de diciembre de 2023, señaló que la decisión de la magistrada Herrera estaba “insuficientemente fundada” y que se alejaba del mérito del proceso.
“La decisión no controvierte los presupuestos materiales de los delitos, sino que se fundó principalmente en el paso del tiempo y en la necesidad de cautela”, se señala en el escrito presentado por el abogado Leonardo Corral.
Justamente, pusieron énfasis en el paso del tiempo. En ese sentido, dicen que si bien el artículo 145 del Código Procesal Penal prevé la revisión de la prisión preventiva después de seis meses, “el paso del tiempo no es un elemento por sí solo suficiente para que se decrete otra medida cautelar”.
“El trascurso del tiempo puede ser relevante en casos en los que se extiende por más del máximo legal o se ha llevado a cabo la investigación por mucho tiempo en relación con los delitos objeto de ella, pero en la presente causa no solo no se ha llegado ni de cerca al término máximo legal, sino que, dada la complejidad de esta, el número de víctima, el número de imputados, la abundante reiteración delictiva, entre otros factores, se ha extendido por un tiempo razonable”, remata sobre este punto.
Las solicitudes fueron ingresadas el 5 de este mes al tribunal de Garantía, que resolvió al día siguiente. Hasta este miércoles los recursos aún no eran elevados a la Corte.
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