Por Juan Manuel OjedaHernán Larraín: “El indulto presidencial tal como está concebido hoy día debe terminar”
El exministro de Justicia propone dejar atrás esta facultad heredada de tiempos monárquicos. El abogado propone que las decisiones judiciales deben quedar en manos de los jueces, sin interferencias del Poder Ejecutivo.
El exministro de Justicia, exsenador y excomisionado experto Hernán Larraín (UDI) entra al debate sobre la facultad presidencial del indulto. Al igual que la presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, el también profesor de Derecho en la Universidad Católica es partidario de eliminar esta atribución del perdón presidencial que la Constitución les otorga a los Jefes de Estado.
Esto, luego de que fuera el Presidente José Antonio Kast quien anunciara que utilizará esta facultad para indultar a exuniformados condenados por delitos vinculados al estallido social.
Más allá del debate particular, desde el plano institucional, Larraín dice que es mejor dejar esta decisión en manos de los jueces, sin limitar el acceso a este beneficio, de manera de evitar que el Poder Ejecutivo intervenga y contamine políticamente asuntos que son propios del Poder Judicial.
Usted fue ministro de Justicia, ¿cuáles son los problemas que vio respecto de esta facultad del indulto presidencial?
Puedo dar fe de que se trata de un proceso extraordinariamente complejo y delicado, que cuesta mucho tomar, y en parte porque la actuación del presidente está en un espacio en que sus decisiones pueden estar presionadas por razones ajenas a lo específico de la solicitud del indulto, es decir, presionadas por razones políticas, por razones de cualquier otro tipo, como interferencias externas. Y eso es independiente, incluso, de todo lo prolijo que puede ser el proceso para otorgar un indulto.
Pero al ser una facultad presidencial es inevitable ese aspecto político.
Por eso siempre es algo muy delicado y que, de alguna manera, está ajeno a la naturaleza de la actuación presidencial. Al final, lo que hace un indulto es modificar los efectos de un acto jurisdiccional. El Poder Judicial dicta una sentencia, condena a alguien por algún delito y eso, posteriormente, es modificado en sus consecuencias por una acción del presidente de la República. Entonces, hay aquí, obviamente, una interferencia en una decisión judicial y plantea desde ya un primer problema.
¿Por qué lo ve problemático?
Cuando existe separación de los poderes, si yo quiero que haya independencia judicial, no quiero que el presidente intervenga en los procesos ni que modifique con posterioridad una resolución judicial, porque se quiera o no, si cambia la pena por la razón que sea, incluso por una razón muy atendible, como es una persona en riesgo inminente de muerte, se está cambiando la decisión de un juez. Eso es una intervención de un poder en otro. Pero, además, porque la naturaleza de la institución presidencial es predominantemente política, mientras que la acción del Poder Judicial es un compromiso con hacer viable el Estado de Derecho aplicando la ley. Que una decisión así sea adoptada por el presidente de la República no pareciera ser del todo conveniente ni necesaria. ¿Por qué no les otorgamos a los propios jueces esta facultad?
¿Le parece más adecuado dejárselo a los jueces?
Esta situación de que por razones humanitarias hagan recomendable revisar el cumplimiento de una pena por riesgo inminente de muerte, por una enfermedad gravísima que haga que la persona esté en condiciones imposibles de subsistir en forma autovalente en un recinto carcelario, o porque por la avanzada edad y habiendo cumplido una parte sustantiva de la pena puede terminar sus días en forma más pacífica en su domicilio, pueden hacer recomendable que un juez, bajo un proceso rigurosamente ordenado y con todas las cautelas que correspondan, incluso oyendo a las víctimas, pueda determinar la remisión o conmutación de la pena de ese caso. A mí eso me parece sano, conveniente y útil. Además, sigue un viejo principio jurídico, que las cosas se deshacen de la misma manera como se hacen.
Eso implicaría cambiar una facultad que existe en el ordenamiento jurídico hace siglos.
Esto viene de tiempos monárquicos, de cuando era el rey quien delegaba la administración de justicia, y en ese contexto podía tener sentido. Pero al año 2026 nosotros podemos ir fortaleciendo el Estado de Derecho a través de preservar el respeto a la separación de los poderes. Al final, lo que termina sucediendo es que un indulto no entra dentro del contexto para el cual el presidente está elegido.
¿Está de acuerdo con la opinión de la presidenta de la Suprema, la ministra Chevesich, quien dijo que está a favor de eliminar la facultad presidencial de indulto?
Por supuesto. Lo que yo estoy diciendo es que hay que transferir esa atribución de revisar los efectos de una sentencia condenatoria a un juez y sin limitar el acceso a quienes quieran aspirar a ese beneficio luego de cumplir parte de sus penas. Lo que la presidenta insinuó a título personal, y lo que otros han señalado, es que puede haber un consejo que evalúe y recomiende hacerlo o no. El indulto presidencial tal como está concebido hoy día debe terminar. Sea que se le dé a un juez, o que se le dé a un juez que tenga un consejo, el que pueda orientar y revisar y aconsejar al juez lo que tenga que hacer, me parece que entra dentro del escenario de alternativas que uno pudiera tomar. Lo que no es razonable ni conveniente es que sea una autoridad política, una autoridad unipersonal, la que tome esta decisión.
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