Contralora interina

SEÑOR DIRECTOR:
Quien se desempeña en un determinado cargo por ausencia transitoria del titular -por ejemplo, por vacaciones- lo hace como subrogante y sus atribuciones se limitan a conducir el día a día de la organización. En cambio, quien es nombrado cabeza de una institución en espera de que se designe al titular, asume en calidad de interino con atribuciones similares a las que tenía la autoridad precedente.
No dudo que la Sra. Dorothy Pérez, que los medios califican de subrogante, tiene claro que está en el cargo de Contralor General de la República propiamente como interina. Por eso ha ejercido su potestad realizando importantes cambios desde el primer día. Naturalmente, esto no obsta para que sus decisiones puedan ser cuestionadas legal o políticamente.
Miguel A. Vergara Villalobos
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