Gendarmería: la reforma que no puede esperar

El rol que tradicionalmente se ha atribuido a las agencias de control penitenciario en el esfuerzo político-criminal de prevenir comportamientos delictivos apunta a favorecer la resocialización del condenado. Este punto de partida implica poner la mirada en un momento posterior al cumplimiento de la pena privativa de libertad, entendiendo que es necesario y posible (y para algunos derechamente obligatorio) entregar al delincuente las herramientas mínimas para su adecuada inserción social y laboral una vez cumplida la condena. Todo ello dio lugar a un intenso debate ético, político y criminológico sobre la legitimidad de una intervención estatal que incidiera forzosamente en la configuración valórica del penado, como también, y principalmente, en la real eficiencia y utilidad de programas de (re)inserción que por lo general mostraban altas tasas de reincidencia pese a sus elevados costos.
Por ello, cierto sector de la criminología apostó por objetivos menos ambiciosos, consistentes en mitigar los efectos de desocialización que produce la pena privativa de libertad, lo que se tradujo en planteamientos que apostaron por favorecer el cumplimiento de condenas penales en el medio libre, mediante una vigilancia y control menos intensa que el encierro (paradigmáticamente la libertad vigilada). Y en su defecto, la generación de condiciones para que el privado de libertad no pierda contacto con sus redes familiares y de apoyo mientras cumple el encierro.
Sin embargo, esta perspectiva perdió de vista una primera y elemental tarea que le compete a toda agencia de control penitenciario (en nuestro caso Gendarmería de Chile), cual es evitar que el condenado siga cometiendo delitos que afecten a terceros tanto dentro como fuera del respectivo establecimiento penitenciario. Como en tantos otros ámbitos, el debate científico y la discusión política no tuvieron la misma velocidad que el desarrollo tecnológico. En las últimas dos décadas, las facilidades que ofrece la comunicación mediante dispositivos electrónicos hicieron realidad la posibilidad cierta de que un significativo número de delincuentes condenados y encerrados continúe, o incluso intensifique su actividad delictual. Y a ello se suma la creciente proliferación de organizaciones criminales jerarquizadas y profesionalizadas que ejecuten instrucciones dadas desde el interior de los penales, donde conviven y se relacionan bandas que se distribuyen tipos de delitos y zonas geográficas.
Por todo ello, sin perjuicio de algunas cuestiones discutibles y susceptibles de mejora, constituye un acierto la idea que inspira el proyecto de ley que sugiere incorporar a Gendarmería de Chile como parte de las fuerzas de orden y seguridad pública. Ello, en cuanto se las entienda, decididamente, como una agencia de control de la delincuencia y se le dote de las herramientas jurídicas y logísticas necesarias para cumplir ese cometido.
Por Jorge Gálvez, abogado
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