Derecho al tiempo: La indicación sobre la imprescriptibilidad de los delitos sexuales que enfrenta al gobierno con la oposición

abuso-sexual-menores

El Ministerio de Justicia envió a los legisladores una minuta donde expuso una serie de argumentos contra la regla que concede efectos retroactivos y que fue aprobada hace unas semanas en la Comisión de Constitución. Este martes los diputados enfrentarán sus posturas frente al proyecto que se espera sea despachado hoy.


"Consecuencias sobre una declaración expresa de la retroactividad de la imprescrptibilidad penal". Ese es el nombre de la minuta que el ministerio de Justicia y Derechos Humanos envió a los diputados de la Comisión de Constitución de cara a la votación en sala del proyecto de ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores -conocida como "Derecho al tiempo"- fijada para hoy martes a las 18.30 horas, y que ha generado rechazo en parlamentarios de oposición y  representantes de organismos de Derechos Humanos.

El documento, al que tuvo acceso La Tercera, se refiere a la indicación que fue respaldada por los legisladores de oposición de dicha instancia, el pasado 16 de mayo, y que establece la imprescriptibilidad desde el 27 de septiembre de 1990, fecha en que Chile ratificó la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

En el texto, el ministerio plantea sus reparos porque esta regla concede efectos retroactivos, una tesis que ya había sido planteada por el ministro de la cartera, Hernán Larraín. "Si la retroactividad es declarada ineficaz, a falta de suspensión, muchos de los hechos quedarán prescritos según las reglas generales", se lee en el texto.

El contenido de esta minuta fue duramente rechazado por diputados de oposición durante esta jornada, así como también por representantes de la organismos de Derechos Humanos que participaron en la tramitación de la iniciativa

Desde la Fundación Para la Confianza, promotora de esta indicación, sostuvieron a través de un comunicado que "las víctimas de abuso sexual demoran décadas en develar y su verdad no prescribe, por tanto, la minuta enviada por el gobierno va en contra del interés superior del niño y del protocolo facultativo de los derechos del niño".

"La prescripción es una regla procesal y jamás una regla procesal puede ir en contra de un Tratado Internacional de Derechos Humanos como es la Convención de Derechos del Niño. Yo espero que toda la oposición nos acompañe y espero que los diputados del oficialismo no le hagan caso al Gobierno y nos apoyen para que no exista impunidad respecto de todos los delitos de abuso sexual cometidos desde que Chile ratificó la Convención de los Derechos del Niño", explicó el diputado DC Matías Walker a La Tercera.

Posturas encontradas

El texto elaborado por el ministerio de Justicia establece que "en términos concretos, para los niños, niñas, adolescentes y víctimas de delitos sexuales desde el año 2007 a la fecha, y que en virtud de esta regla especial de suspensión actualmente pueden denunciar estos hechos por no estar prescritos, con esta propuesta a futuro, si la retroactividad es declarada ineficaz, a falta de suspensión, muchos de los hechos quedarán prescritos según las reglas generales".

"El problema radica entonces en que eventualmente publicándose una ley que establece la imprescriptibilidad con carácter retroactivo, dándose legítimas expectativas a víctimas de estos delitos, en que decide denunciar y enfrentar un proceso penal, esto se frustre por estas consideraciones y finalmente se atente contra los procesos de reparación, al declarar la inaplicabilidad de la norma. Y no debe olvidarse que una vez declarada la inaplicabilidad del precepto legal, puede el Tribunal Constitucional, de oficio o a petición de cualquier persona –hay acción pública-, declarar su inconstitucionalidad, entendiéndose derogada la norma a partir de ese instante, y como se ha dicho, y además, derogada la regla especial de suspensión", sostiene el documento.

En esta línea, el gobierno llamó a los legisladores a que durante la discusión del proyecto insistan que "tal como fue estudiado y expuesto por decenas de profesores, y que fue votado en consecuencia unánimemente por el Senado, no es posible en la práctica hacer aplicable este régimen excepcional a casos prescritos", y que "el resultado dejará a las actuales víctimas que aún no han denunciado en una situación peor que la actual, impidiendo su acceso a la justicia".

"Si se quiere entonces promover la retroactividad penal (y sacrificar la regla de suspensión), se debe demostrar la viabilidad constitucional de la medida. Establecer en términos objetivos, esto es, según el ordenamiento jurídico y no según la impresión personal de cada uno, que la prescripción es una regla meramente adjetiva, y que por tanto, sin infringir la garantía constitucional de la irretroactividad penal, puede ser establecida respecto de hechos cometidos antes de la entrada en vigencia de esta ley. De lo contrario, el efecto es adverso para las víctimas", se lee en el documento.

Posición que comparte el diputado RN Gonzalo Fuenzalida, quien en la Comisión de Constitución votó en contra de la indicación: "Nosotros no vamos en innovar en la retroactividad porque le estamos haciendo expectativas a las víctimas en algo que en términos prácticos es muy difícil que ocurra (...) Yo creo que es una irresponsabilidad apoyar una ley que se retraiga a los delitos que ocurrieron antes de su promulgación porque vamos a entrar en un problema práctico para que opere esa iniciativa", dijo a La Tercera.

Por el contrario, el diputado Walker sostiene que "el Gobierno está confundiendo el principio de irretroactividad de la ley penal que está consagrado en la Constitución, pero esto no afecta ese principio, porque no estamos hablando de la creación de un nuevo tipo penal que se va aplicar de manera  retroactiva, no estamos inventando un nuevo delito  que se va aplicar a hechos de abuso sexual ocurrido a partir del año 1991".

"Estamos  creando una regla procesal  respecto del ejercicio de un  derecho de las victimas de abuso sexual  de poder demandar a su abusador para poder pedir sanción de estos delitos  y en armonía con la  Convención de Derechos del Niño,  que establece el interés superior de niño. Cualquier regla procesal  que adoptemos  en Chile debe someterse  al principio del interés superior del niño consagrado en esta convención, y es por eso que decimos que puede  aplicarse retroactivamente esta disposición", y agregó que  "los Tribunales de Justicia chilena en la practica ya lo están aplicando, los tribunales permitieron que se pudieran investigar los abusos del  sacerdote Karadima, acogieron una demanda contra  el Arzobispado de Santiago  y en La  Serena se están investigando los abusos cometidos por el Obispo Cox, es decir, estamos  innovando en una regla procesal, pero no estamos creando un nuevo delito de manera retroactivo".

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.