Política

Orrego presenta contestación ante el Tricel: texto de 221 páginas rebate punto por punto requerimiento de destitución

Esto, el mismo día en que el tribunal electoral rechazó un nuevo recurso de la defensa del gobernador metropolitano, que buscaba impugnar el libelo presentado en su contra por consejeros regionales de oposición.

JAVIER SALVO/ATON CHILE

Durante la tarde de este martes, los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz, representantes del gobernador metropolitano, Claudio Orrego, presentaron ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) la contestación al requerimiento de remoción presentado en contra de la autoridad por la bancada de consejeros regionales del Partido Republicano y la UDI.

Esto, tras acusarlo de faltas a la probidad y abandono de deberes, principalmente producto de un informe de Contraloría que indica que Orrego habría utilizado recursos públicos para contratar servicios destinados a su propia campaña de reelección.

En un extenso documento de 221 páginas, los legistas abarcan 1.201 puntos, en los que argumentan distintos aspectos jurídicos que, a su juicio, demuestran que el libelo no tiene sustento, por lo que exigen “su total e íntegro rechazo, con expresa condena en costas”.

Al respecto, el texto asegura que “el requerimiento de autos no busca otra cosa que instalar una falsa imagen de descontrol en la administración del Gobierno Regional Metropolitano, hecho inefectivo y derechamente falso”.

El escrito de los abogados también indica que “la administración del Gore, en cuanto corresponde al ejercicio de sus obligaciones personales del cargo de gobernador regional metropolitano de Santiago por el Sr. Claudio Orrego, se ha ejercido con estricto apego a las disposiciones legales, reglamentarias, circulares y contabilidad gubernamental exigibles, por lo que no ha incurrido en responsabilidad de ninguna naturaleza; proceder que se está en condiciones de acreditar con la prueba pertinente que se proporcionará o que se solicita adjuntar a este procedimiento”.

Informes de Contraloría y vicios del requerimiento

Asimismo, el texto de los abogados advierte que “los informes de la Contraloría General de la República, en los que se apoyan los requirentes, respecto de las afirmaciones o conclusiones a que llegan, no tienen el valor probatorio absoluto que se les pretende atribuir”.

Con posterioridad, asegura que “el requerimiento de autos fue presentado por abogados que carecen de mandato judicial válido, puesto que los abogados no pueden constituirse a sí mismos como mandatarios judiciales, sino que requieren de un acto expreso de los consejeros, debidamente autorizado por ministro de fe y en la forma prevista por la ley”, además de exponer “la falta de legitimación activa de los requirientes”, ya que, de acuerdo a la ley, “la remoción de un gobernador solo puede ser solicitada por un número determinado de consejeros regionales, y que esta facultad es de carácter personalísimo, intransferible e indelegable”, por lo que el texto “adolece de un vicio insubsanable, al haber sido deducida por personas no facultadas legalmente para ello”.

Períodos autónomos y cuestionamientos a cores

Además, la defensa de Orrego sostiene que, el requerimiento “yerra gravemente” al invocar actos ocurridos en el período anterior del gobernador metropolitano (2021-2014) “el cual concluyó, al igual que toda responsabilidad que se pretenda hacer descansar en ese período de tiempo”. Esto ya que, aseguran, “la responsabilidad política o administrativa vinculada a un mandato público está necesariamente limitada al periodo en ejercicio”.

Agregan que cada mandato es autónomo y que el segundo período de Orrego no implica una prolongación de su administración anterior. “Por lo mismo, no es jurídicamente posible intentar la remoción de un gobernador por hechos de un periodo ya concluido, más aún si el electorado decidió renovar su confianza y reelegirlo”, sostienen.

La defensa de Orrego indica, además, que los 16 consejeros regionales que suscriben el requerimiento de destitución no eran parte del Core durante el período en que habrían tenido lugar los hechos cuestionados a Orrego. “Carecen, en consecuencia, de legitimación activa para fiscalizar o accionar respecto de actos de un ciclo gubernativo anterior, pues no fueron parte de las deliberaciones ni del ejercicio de las funciones de control en ese entonces”, aseguran.

Subrogación y delegación

En otro punto, el texto sostiene que no se puede pretender imputar a Orrego “una responsabilidad objetiva por el solo hecho de ocupar el cargo”. En este sentido, indica que la normativa vigente “establece que solo procede la remoción cuando existe un incumplimiento inexcusable, manifiesto o reiterado de las nobligaciones legales del gobernador, y siempre que se trate de actos u omisiones imputables personalmente a su conducta”.

“En consecuencia, no se puede sostener, en su caso, que cualquier irregularidad detectada en el Gobierno Regional implique automáticamente la culpabilidad del gobernador”, sostienen los abogados.

Al respecto, añaden que, además, “en muchas ocasiones, los cargos se basan en actos realizados por funcionarios en ejercicio de competencias delegadas o en situaciones ocurridas durante la subrogancia legal, cuando el gobernador no estaba en funciones”.

En este sentido, afirma que la ley permite la posibilidad de subrogación y delegación, precisamente debido a que la complejidad de la administración regional impide que el gobernador controle en detalle todo procedimiento administrativo que se realice durante su administración.

“En este marco, esta parte insiste en que los informes de la Contraloría General de la República no acreditan un patrón de descontrol ni menos un abandono notable de deberes, sino que contienen observaciones técnicas propias de cualquier administración compleja, en base a los antecedentes que se tuvieron a la vista al momento de la fiscalización, muchas de ellas de carácter formal o ya subsanadas”, releva el documento.

Nuevo golpe del Tricel

La constestación de Orrego al Tricel se produce el mismo día en que el tribunal rechazó un nuevo recurso de su defensa y confirmó la admisibilidad del requerimiento.

Cabe recordar que el pasado 9 de septiembre, el Tricel admitió a trámite el libelo de los consejeros regionales tras rechazar una primera presentación de la defensa de la autoridad regional, que acusaba vicios en el libelo.

Y esta jornada, el mismo tribunal electoral asestó un nuevo golpe a las pretensiones de Orrego, al rechazar un incidente de nulidad presentado para revetir la primera decisión del Tricel.

En el texto, el tribunal afirma que “la nulidad ha sido fundada en el mismo argumento vertido por la requerida en recurso de reposición formulado a fojas 625, promovido el seis de agosto de dos mil veinticinco, que fue rechazado por este Tribunal en resolución de nueve de septiembre de dos mil veinticinco”.

Por lo tanto, agrega, “se rechaza el incidente de nulidad promovido por la parte requerida”.

Más sobre:TricelClaudio Orregodefensadestitución

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Promoción 75 aniversario: suscríbete hasta el 2 de octubre y participa del sorteo por 2 pasajes a B.Aires ✈️

Plan digital + LT Beneficios$1.300/mes SUSCRÍBETE