Por Matías VeraCodelco arremete contra la Contraloría por proceso de proyecto de litio en salar Ascotán y presenta acción judicial
La estatal reclama que "nunca ha requerido la toma de razón de ninguno de sus actos relativos a sus filiales o coligadas, ni de otro tipo. Ello jamás fue objetado por la Contraloría, ni directamente ni a través de Cochilco”.

El 18 de junio pasado, Codelco, liderada por el presidente de su directorio Bernardo Fontaine, ingresó a la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de amparo económico contra la Contraloría General de la República (CGR), el que fue acogido posteriormente.
En dicha acción, la minera estatal impugnó un oficio emitido por la entidad comandada por Dorothy Pérez el 22 de abril de este año, por medio del cual revisó la legalidad de los requisitos y condiciones para el otorgamiento de un Contrato Especial de Operación de Litio (CEOL) a la Minera Ascotán SpA, una empresa coligada a Codelco, y cuyo proceso estuvo a cargo del Ministerio de Minería.
La CGR se abstuvo de dar continuidad al procedimiento, razón por la que procedió a un acto administrativo y no ejecutó la toma de razón.
“Se trata de una exigencia completamente extraña y ajena al carácter empresarial de Codelco, que si bien es parte de la Administración del Estado, tiene la naturaleza de una empresa, que compite en un mercado internacional altamente dinámico”, apuntó la cuprífera.

“Es, además, una exigencia completamente inédita. Nunca en los más de 50 años de existencia de la Corporación, ésta ha dictado actos administrativos y ―menos― ha sometido sus actuaciones al control preventivo de toma de razón. La Contraloría tampoco lo ha exigido, a pesar de haber revisado en múltiples ocasiones actos que tenían relación con sociedades en las que participa Codelco, sean filiales o coligadas", declaró.
Certeza jurídica
La estatal, vía comunicado, apuntó que el recurso busca obtener certeza jurídica, destacando el respeto por las instituciones.
“Codelco ha presentado un recurso destinado a obtener certeza jurídica respecto de la aplicación de determinadas actuaciones propias de su gestión empresarial que son objeto de revisión por parte de la Contraloría General de la República”, enfatizó.
Añadió que “esta acción no altera los múltiples mecanismos de control y rendición de cuentas a los que Codelco está sujeta, incluyendo auditorías internas y externas, la fiscalización de la propia Contraloría en el ámbito de sus competencias, la supervisión permanente de Cochilco y la regulación de la Comisión para el Mercado Financiero”.
Además, la empresa señaló que confía que estos procesos pueden ser aclarados de forma institucional.
Carga de procedimientos
Lo que alega Codelco, en el fondo, es que el criterio de Contraloría cambia el espíritu jurídico y empresarial de la estatal.
“Obligar a la Corporación a emitir actos administrativos para materializar decisiones comerciales, societarias o laborales supone desconocer que Codelco actúa en el tráfico jurídico conforme a reglas de derecho privado, con autonomía corporativa y en igualdad de condiciones con sus contrapartes”, indicó.
Acusan que el oficio los somete a formalidades, reglas y a derechos de terceros propios del procedimiento administrativo, con lo que se suman cargas al funcionamiento de la empresa que no están contempladas en la ley.

“Codelco tiene un régimen dual entre el derecho público y el privado, en el cual, a diferencia de otros organismos y servicios públicos, no le resulta aplicable la exigencia de dictar actos administrativos ni someterlos a toma de razón. Por el contrario, por mandato constitucional y legal, en el desarrollo de su actividad económica, Codelco debe adoptar las formas de actuación propias del derecho comercial y civil, precisamente porque compite en el mercado con otras empresas del mismo giro”, sostuvo la minera.
Las medidas que pide Codelco
La estatal pidió en el recurso que se declare que Codelco no adopta decisiones mediante actos administrativos; en cambio, se rige por su propia ley orgánica, estatutos, la Ley de Sociedades Anónimas y la legislación común. Las que se encuentran exentas del trámite de toma de razón de la Contraloría.
También se pide dejar, parcialmente, sin efecto el oficio en cuestión, “exclusivamente en cuanto al cuestionamiento por la falta de toma de razón de la constitución de Minera Ascotán SpA”.
La tercera medida que pide, es instruir a la CGR de “abstenerse de exigir a la Corporación Nacional del Cobre de Chile la dictación de actos administrativos y su sometimiento al trámite de toma de razón”.
Minera Ascotán SpA
La Minera Ascotán SpA fue constituida en febrero de este año por Codelco y Quiborax, con una propiedad societaria de 34% y 66%, respectivamente.
El objetivo del joint venture es desarrollar un proyecto en el Salar de Ascotán, el que está ubicado en la Región de Antofagasta, del cual ambas compañías son titulares de concesiones, abarcando un 90% del área de interés.
Cuando anunciaron el acuerdo, Codelco dijo que el salar era el tercero con mayor superficie de Chile, y si bien no ha tenido exploración litífera, tiene atractivo geológico.
“Para comenzar a desarrollar el proyecto de exploración de litio, Minera Ascotán SpA solicitó al Ministerio de Minería el otorgamiento de un CEOL en su favor. La solicitud fue aprobada por el Ministerio de Minería, fijando los requisitos y condiciones del CEOL mediante el decreto”, explicó en el recurso Codelco.

La sorpresa de la estatal fue que la Contraloría rechazó la toma de razón, aludiendo en sus reparos la asociación entre Codelco y Quiborax.
Codelco citó el argumento de la CGR: “según consta de los antecedentes adjuntos, Codelco acordó con Quiborax S.A. la constitución de ‘Minera Ascotán SpA’, sin que conste que Codelco hubiere sometido al referido control previo de juridicidad el acto administrativo que dispone y aprueba la constitución de dicha sociedad y la participación de la empresa estatal en la misma”.
La estatal reclamó que “si bien la Contraloría ha dictado dichas resoluciones, cuya aplicación a empresas públicas es de dudosa legalidad, lo relevante para este recurso es que éstas nunca habían sido aplicadas a Codelco por parte de la Contraloría. En efecto, Codelco nunca ha requerido la toma de razón de ninguno de sus actos relativos a sus filiales o coligadas, ni de otro tipo. Ello jamás fue objetado por la Contraloría, ni directamente ni a través de Cochilco”.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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