SMA inicia procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA contra tres proyectos

A través de un comunicado la SMA indicó que los proyectos son “Red de antenas 5G en Región del Biobío”, cuyo titular es la empresa WOM S.A., destinado a la instalación y operación de siete antenas en la comuna de Hualpén y Contulmo. “San Pablo”, de la empresa Eurocorp Dos S.A., destinado a la construcción de dos torres de departamentos en la comuna de Quinta Normal, en la Región Metropolitana, y por último está “Loteo Isla Simpson”, cuyos dueños son las empresas “Inversiones e Inmobiliaria Terra Austral SpA” e “Inversiones Nuevas Cumbres SpA”, proyecto de desarrollo urbano que considera 233 parcelas, ubicado en la Isla Simpson, en Aysén.


La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dio inicio a tres procedimientos de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) respecto a tres proyectos que no tienen su permiso ambiental respectivo. Cada empresa tiene un plazo de 15 días hábiles, para hacer valer las observaciones, alegaciones, o pruebas que estimen pertinentes frente a la hipótesis de elusión al SEIA.

A través de un comunicado la SMA indicó que los proyectos son “Red de antenas 5G en Región del Biobío”, cuyo titular es la empresa WOM S.A., destinado a la instalación y operación de siete antenas en la comuna de Hualpén y Contulmo. El otro es “San Pablo”, de la empresa Eurocorp Dos S.A., destinado a la construcción de dos torres de departamentos en Quinta Normal, Región Metropolitana, y por último está “Loteo Isla Simpson”, cuyos dueños son las empresas “Inversiones e Inmobiliaria Terra Austral SpA” e “Inversiones Nuevas Cumbres SpA”, proyecto de desarrollo urbano que considera 233 parcelas, ubicado en la Isla Simpson, en Aysén.

Tras recibir las denuncias asociadas, y tras realizar las actividades de fiscalización correspondientes y el análisis jurídico por parte de la Fiscalía de la SMA, se iniciaron tres procedimientos de requerimiento de ingreso al SEIA, al constatar que existían indicios suficientes para concluir que concurrían los requisitos de ingreso obligatorio a dicho sistema.

El fiscalizador, señaló que en los tres casos descritos pudieron identificar que les podría resultar aplicable el literal p) del artículo 10 de la Ley N°19.300, que exige la evaluación ambiental previa de aquellos proyectos o actividades que se ejecutan en áreas que están bajo protección oficial.

En el detalle, la SMA señaló que en el proyecto “San Pablo”, se observó que éste sería colindante con la “Basílica y Gruta de Lourdes”, un inmueble de conservación histórica, cuya categoría se encuentra reconocida como área colocada bajo protección oficial para efectos del SEIA.

En cuanto a “Loteos Isla Simpson”, se encontraría superpuesto parcialmente con la superficie del Bien Nacional Protegido “Isla Simpson y Huemules”, siendo susceptible de afectar su objeto de protección ambiental, esto es, el ciprés de las Guaitecas. En otro sentido, se tuvo presente que el proyecto superaría el umbral de 80 viviendas.

Por último, sobre “Red de antenas 5G en Región del Biobío”, se tuvo presente que dicha instalación configuraría la tipología descrita en el literal p) del artículo 10 de la Ley N°19.300, en tanto se ubicaría dentro del Santuario de la Naturaleza “Península de Hualpén”.

“Con el inicio de estos procedimientos de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, esta Superintendencia busca adoptar una postura correctiva respecto a proyectos y actividades que, en caso de confirmarse la elusión, deben ingresar obligatoriamente a evaluarse ambientalmente”, dijo la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer.

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