Paula

¿Qué pasa si uno de los padres se niega a autorizar el viaje de su hijo?

A sus 13 años, Emilio tenía todo listo para viajar a un campeonato, pero su padre se negó a autorizarlo. Aunque el tribunal concedió el permiso, una apelación impidió que pudiera usarlo a tiempo. En este Consultorio Legal explicamos qué dice la ley y qué ocurre cuando la negativa se convierte en una forma de control.

Emilio, de 13 años, tenía todo listo para viajar a un campeonato deportivo en Buenos Aires: la inscripción pagada, el equipo preparado y el viaje coordinado con su delegación. Su padre se negó a firmar la autorización de salida del país. No dio ninguna razón relacionada con el viaje ni explicó qué riesgo podía representar para su hijo. Así que Antonia, su madre, nos pidió solicitar la autorización judicial. El padre llevaba meses inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, por lo que el tribunal podía concederla sin considerar los motivos de su negativa. Así lo hizo. Resolvió de plano y autorizó el viaje. Pero el padre apeló.

Aunque la autorización ya estaba concedida, el recurso abrió una nueva discusión sobre su ejecución. Mientras se resolvían su admisibilidad y sus efectos, el tiempo siguió corriendo. Finalmente, llegó la fecha del campeonato y la resolución perdió toda utilidad práctica.

En paralelo, Antonia recibió un correo del padre de su hijo en el que le decía que solo firmaría la autorización si ella aceptaba restablecer el régimen de relación directa y regular -el mismo que el tribunal había suspendido- y rebajar la pensión de alimentos que él tampoco pagaba.“De ti depende que Emilio pueda hacer las cosas que le hacen feliz”, escribió, invirtiendo en una frase la responsabilidad de aquello que él mismo estaba impidiendo.

En el fondo lo que estaba haciendo el padre era utilizar el campeonato de su hijo como moneda de cambio lo que deja en evidencia que hay ocasiones en que este tipo de conductas no buscan proteger a un hijo sino que controlar, presionar o conservar poder sobre la expareja, aunque para ello se perjudique directamente a niños y niñas.

Qué dice la ley

Existen razones legítimas para oponerse a un viaje y el derecho a recurrir debe ser resguardado. La exigencia de contar con la autorización de ambos padres busca proteger la relación directa y regular del hijo con el progenitor que no tiene su cuidado personal.

El problema surge cuando esa relación se encuentra suspendida judicialmente, como ocurría en el caso de Emilio. Actualmente, esa suspensión no elimina la exigencia de contar con la autorización del progenitor que no viajará. Por lo tanto, aunque no pueda mantener contacto con su hijo, conserva la posibilidad de negarse a firmar y obligar al otro padre a solicitar el permiso ante un tribunal.

La ley contempla una excepción cuando quien niega la autorización está inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. La Ley 21.389 permite que, en esos casos, el tribunal conceda el permiso sin considerar las razones de su negativa. Este fue el mecanismo que permitió autorizar de plano el viaje de Emilio.

Sin embargo, que la solicitud pueda resolverse de plano no significa que la decisión sea inapelable. La autorización continúa sujeta a recursos y no existe un procedimiento especial que asegure una resolución definitiva antes de la fecha del viaje.

En el caso de Emilio, el padre apeló y la tramitación del recurso se extendió hasta la fecha del campeonato. De esta manera, aunque el tribunal no necesitaba considerar los motivos de su negativa, la apelación produjo el mismo resultado: el viaje no pudo realizarse.

En estas causas, la demora no es neutra. Una autorización que queda disponible después de la fecha de partida tiene, en la práctica, el mismo efecto que una autorización rechazada.

En agosto de 2026 se presentó en la Cámara de Diputadas y Diputados el Boletín 18.516-18. El proyecto propone que, si quien niega la autorización está inscrito en el Registro Nacional de Deudores, el tribunal deba concederla dentro de 48 horas, sin audiencia ni intervención del otro progenitor, salvo que el viaje aparezca como manifiestamente perjudicial para el niño.

La iniciativa agiliza la decisión inicial, pero no establece qué ocurrirá si la autorización es apelada. Tampoco aborda la situación de quienes tienen suspendida judicialmente la relación directa y regular ni los casos en que la firma se utiliza para intentar obtener ventajas económicas o familiares que no tienen relación con el viaje.

Esos son algunos de los aspectos que una reforma más amplia debiera resolver. Si la relación directa y regular se encuentra suspendida, sería necesario revisar si corresponde seguir exigiendo la autorización de ese progenitor. Y si el permiso ya fue concedido judicialmente, su impugnación no debiera impedir el viaje, salvo que se acredite un riesgo concreto para el niño.

El derecho a recurrir debe protegerse, pero también deben existir mecanismos que impidan que la tramitación del recurso se transforme en una forma indirecta de veto. De lo contrario, una autorización judicial puede perder toda utilidad antes de que la familia alcance a ejercerla.

Emilio perdió la oportunidad de participar en el campeonato. La pensión continúa impaga y el régimen de relación directa y regular sigue suspendido. En este caso, la apelación no protegió un vínculo ni evitó un riesgo relacionado con el viaje, pero sí impidió que la autorización judicial se hiciera efectiva.

La violencia también puede adoptar la forma de un recurso judicial o de una negociación. Cuando estos mecanismos se utilizan para controlar, castigar o mantener poder sobre una expareja, la violencia no ha desaparecido, solo cambió de forma.

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