Cartas al Director

Gestación por encargo

SEÑOR DIRECTOR:

Esta semana comienza la discusión en particular del proyecto de ley que busca prohibir la maternidad subrogada en Chile, luego de haber sido aprobado en general en enero por 9 votos a favor y ninguno en contra. La discusión es oportuna, pues casos mediáticos recientes han vuelto a presentar este procedimiento como un camino más para formar familia, con un lenguaje afectivo que suele ocultar sus implicancias jurídicas y éticas.

La maternidad subrogada supone que una mujer geste con el compromiso previo de entregar al niño a terceros. Pero ni la maternidad ni la filiación son bienes transferibles por un acto de voluntad, por consentimiento o por contrato. No se puede disponer contractualmente de aquello que funda la identidad y los vínculos originarios de una persona.

Esto no implica discriminar a quienes no pueden tener hijos. No se trata de desconocer el dolor de la infertilidad ni de negar el legítimo deseo de formar una familia, sino de afirmar que ese sufrimiento no puede resolverse convirtiendo la gestación en encargo ni al niño en objeto de un acuerdo entre adultos.

El proyecto acierta al reafirmar que la filiación materna se determina por el parto y que los acuerdos de gestación por sustitución carecen de efecto legal. Chile tiene aquí la oportunidad de proteger simultáneamente la dignidad de la mujer, los derechos del niño y la indisponibilidad de los vínculos familiares básicos.

Javiera Bellolio

Universidad de los Andes

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