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SII extiende IVA a laboratorios y privados analizan impacto

<P> Fiscalizador amplió la definición de este tipo de establecimientos para gravar nuevos servicios.</P>

Una circular tendiente a "un cambio de criterio" en el concepto de laboratorios clínicos, con fines tributarios, emitió el 29 de septiembre el Servicio de Impuestos Internos (SII).

El documento amplía la definición de este tipo de establecimientos, fijando así nuevos servicios sujetos al pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava las ventas de bienes y servicios con una tasa de 19%.

La circular N°80 del SII señala en primer lugar que ante la inexistencia de una definición tributaria precisa, se entenderá por laboratorio el significado que le adjudica actualmente la Real Academia Española (RAE): "Lugar dotado de los medios necesarios para realizar investigaciones, experimentos y trabajos de carácter científico o técnico".

Agrega que, de esta manera, se incorporan como servicios sujetos a IVA aquellos exámenes de imagenología, investigación, o experimentos hasta ahora no incluidos en el Reglamento de Laboratorios Clínicos, aprobado por el Decreto 433 del Ministerio de Salud, de 1993. Este acotaba dicha definición a establecimientos destinados a la realización de exámenes "hematológicos, bioquímicos, hormonales, genéticos, inmunológicos, microbiológicos, parasitológicos, virológicos, citológicos y toxicológicos, con fines de prevención, diagnóstico o control de tratamiento de las enfermedades".

Sorpresiva

De acuerdo con la circular de Impuestos Internos, con la modificación "quedan comprendidos dentro del concepto de laboratorio, a modo de ejemplo, los servicios consistentes en estudios de ADN, sin importar su finalidad, los servicios de radiología, ecotomografía, medicina nuclear, escáner, resonancia magnética, etc., así como también los servicios de investigación que requieren para su realización de pruebas técnicas o experimentos sobre los cuales se apoyan sus conclusiones, de forma tal que sin ellos no sería posible prestarlos".

Para Rodrigo Benítez, socio de Tax & Legal de BDO, se trata de "un cambio sorpresivo, que se aplica justo un día antes de que de acuerdo a las modificaciones introducidas al Código Tributario, cualquier cambio de criterio, que es lo que hace con esto el SII, deba pasar por un proceso de consulta pública". Adicionalmente, dice Benítez, con esta normativa el fiscalizador está asumiendo funciones que competen a los organismos técnicos, como el Minsal.

"Es la autoridad respectiva, en este caso el Ministerio de Salud, el que debe interpretar las normas en esta materia, así lo señala el Código Sanitario. El SII se está saltando lo dispuesto por esta normativa y usando una definición de diccionario para definir lo que entiende por laboratorio y ampliar la base tributaria", explica.

Industria

Representantes de la industria afirmaron que están analizando las implicancias legales y eventuales alzas de costos producto de la decisión del Servicio de ampliar los servicios sujetos a IVA.

Alfredo Schönherr, presidente de Clínicas de Chile -gremio que reúne a los principales prestadores de salud privada-, señaló que "estamos analizando y estudiando con los expertos la legalidad y el impacto de esta circular y las medidas necesarias para resguardar el efecto que el cobro del IVA para estos exámenes pueda tener para nuestros pacientes". Añadió que se trata de una una decisión "que atenta contra los esfuerzos que estamos haciendo los prestadores privados de salud por contener el alza de los costos en el sector".

El presidente de la Asociación de Isapres, Rafael Caviedes, sostuvo en tanto que "el documento recién nos llegó esta semana, por lo que comenzamos a evaluar qué implicancias podría tener para la industria de las isapres y sus afiliados".

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