CPLT notifica a Mario Rozas que cámaras de Carabineros "pueden dar cuenta de delitos" y deben resguardarse

Mario Rozas.

EL CPLT le envió un oficio al general director de Carabineros en el que señala que los registros captados en el marco de las movilizaciones son públicos, puedes ser solicitados por la ciudadanía y deben ser resguardados por el valor que pueden tener en el contexto de investigaciones judiciales.


"Todos aquellos uniformados que estén utilizando escopeta anti disturbios van a salir con una cámara GoPro para registrar los hechos", anunció el general director de Carabineros, Mario Rozas, el 10 de noviembre al asegurar el uso limitado de escopetas antidisturbios debido a la presión pública por las denuncias de violaciones a los derechos humanos en el marco de la movilización social.

El registro y acceso público a los registros de Carabineros fue el tema a debatir en la sesión del Consejo Para la Tranparencia (CPLT) del 28 de noviembre que determinó que al día siguiente se le enviara un oficio a la máxima autoridad de la policía uniformada señalando que todos los registros de Carabineros en el contexto de su labor de resguardo del orden son públicos y, por tanto, de acceso a la ciudadanía.

El oficio enviado el viernes por la directora general del CPLT, Andrea Ruiz, a Rozas señala que para asegurar el acceso a los registros, la institución deberá "conservar de manera indefinida las imágenes obtenidas por dispositivos de videograbación o cámaras fotográficas portátiles. Atendido que las imágenes captadas por Carabineros de Chile y otras instituciones competentes, en el ejercicio de sus funciones de mantención del orden público, pueden dar cuenta de delitos que constituyan afectaciones graves a los derechos fundamentales o de hechos que correspondan a violaciones a los derechos humanos, y dado el carácter imprescriptible de estos, la institución competente deberá conservar indefinidamente las imágenes, a efectos de que puedan ser puestas a disposición, tanto de las personas que deseen acceder a ellas por la vía del ejercicio del derecho de acceso a la información, como por los tribunales de justicia u órganos competentes en el ejercicio de sus funciones, en caso de ser requerido".

El CPLT señala a Carabineros de Chile "que tratándose de imágenes captadas por dispositivos de videograbación y cámaras fotográficas portátiles y a efectos de asegurar un adecuado ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se adopten una serie de medidas para asegurar y respetar el legítimo ejercicio del derecho de acceso a la información pública".

El CPLT añade que "se deberá otorgar todas las facilidades para que cualquier persona pueda requerir acceso a soportes videográficos que obren en poder de las instituciones competentes, conforme al principio de facilitación, establecido en el literal f), del artículo 11 de la Ley de Transparencia".

Asimismo el organismo pide "respetar los derechos de los titulares de las imágenes captadas. Se deberá garantizar a los titulares de datos personales, en particular a las personas cuyas imágenes hayan sido captadas, el ejercicio de los derechos contemplados en la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, consistentes en el acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales en cuestión".

Cuidar la cadena de custodia de las grabaciones

El CPLT notifica a Rozas que "tratándose de operativos policiales en los cuales los funcionarios porten dispositivos de videograbación o cámaras fotográficas portátiles, deberá dejarse registro previo de dicha circunstancia, individualizando además a él o los funcionarios que dispongan de algún dispositivo de dicha naturaleza".

También le pide adoptar medidas de seguridad de la información, con ocasión del tratamiento de las imágenes. "Tanto Carabineros de Chile, así como las otras instituciones competentes deberán adoptar las medidas de seguridad que sean necesarias durante el tratamiento y almacenamiento de las imágenes captadas con ocasión de un operativo policial. A dichos efectos, resulta imprescindible garantizar, durante toda la cadena de custodia de las imágenes, la máxima seguridad de la información recopilada".

"La importancia que puede tener este tipo de información, en particular en el contexto actual del país, nos obliga, como parte de nuestra misión, a poner el acento en este tipo de registros que también son una forma de rendir cuentas para los funcionarios y la institución. Por ello, creemos que el llamado es a favorecer el uso de estos dispositivos de videograbación o cámaras fotográficas portátiles", comentó esta mañana el director del CPLT, Jorge Jaraquemada.

Filtración de datos

El viernes 22 el Consejo emitió otro oficio al general director de Carabineros. En esa oportunidad le hizo presente recomendaciones como consecuencia del hackeo que sufrió la institución entre los días 25 de octubre y 01 de noviembre de 2019, a través del cual hubo una masiva filtración de los bancos de datos de la institución.

"En el tratamiento de bases de datos personales, resulta recomendable la aplicación de herramientas que permitan identificar y jerarquizar los riesgos asociados a operaciones de procesamiento de dichos datos, llevando a cabo, además, evaluaciones de impacto de privacidad, permanentes y aleatorias", dice el oficio enviado a Rozas el 22 de noviembre.

"Se deben adoptar todas las medidas, tanto organizativas como técnicas, para resguardar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos contenidos en sus registros con la finalidad de evitar la  alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado de los mismos. Para ello, los organismos públicos aplicarán diversos niveles de seguridad atendiendo al tipo de dato almacenado, a título ejemplar, respecto de los datos sensibles deberán adoptarse niveles de seguridad más altos que en relación a aquellos que no poseen dicha calidad.".

El CPLT recomendó a Carabineros "adoptar medidas de seguridad adecuadas, mediante el uso de sistemas informáticos actualizados y robustos"; "definir roles y perfiles de acceso diferenciados según los distintos tipos de información contenida en las bases de datos institucionales, con la correspondiente capacitación del personal que opera las plataformas" y "establecer deberes de confidencialidad estrictos, garantizando su cumplimiento a través de los mecanismos disciplinarios que la institución contemple... ".

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