Por Joaquín BarrientosFelipe Alessandri (RN) llama al gobierno a corregir causal que permite destituir alcaldes en la Ley de Seguridad Municipal
“¿Qué pasó con el trabajo previo que debía realizarse con las asociaciones de alcaldes y municipios? Una disposición de esta gravedad tenía que ser discutida, advertida y despejada antes de llegar a la Contraloría", se cuestionó el alcalde de Lo Barnechea sobre la medida.
El alcalde de Lo Barnechea, Felipe Alessandri (RN), mostró este martes su aprensión a una de las medidas que forma parte del decreto supremo ingresado a Contraloría por el Ejecutivo para la Ley de Seguridad Municipal.
Y es que aunque la ley ya fue promulgada en febrero pasado, todavía no se ha iniciado su puesta en marcha completa al faltar la toma de razón por parte del ente fiscalizador. En ese contexto, el Ejecutivo ingresó el pasado 2 de septiembre el decreto supremo que detalla la bajada práctica de la ley.
Sin embargo, uno de los elementos incluidos en el reglamento es una causal para permite el cese de funciones de los jefes comunales.
El artículo 8 del reglamento especifica que “le corresponderá a la municipalidad, previo a proceder a la designación del director de seguridad pública o del nombramiento de los inspectores de seguridad municipal, verificar los requisitos” para su designación.
En caso de que esto no se realice, el reglamento establece lo siguiente: “La infracción a lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a una sanción administrativa, de conformidad con lo establecido en la ley N° 18.883, pudiendo configurar, en el caso del respectivo alcalde, la causal de cese del cargo dispuesta en el literal c) del inciso primero del artículo 60 de la ley N° 18.695″.
En ese contexto, el jefe comunal mostró su preocupación frente a la medida integrada en el reglamento: “Quienes hemos respaldado decididamente la agenda de seguridad del Gobierno también tenemos el deber de advertir cuando se comete un error. No corresponde que un reglamento avance sobre una materia tan delicada como la eventual destitución de una autoridad elegida democráticamente. Las causales de cesación de un alcalde deben estar claramente definidas en la ley y no pueden ampliarse ni configurarse por medio de un decreto”.
En la misma línea, el presidente de la Asociación de Municipalidades para la Seguridad de la Zona Oriente (AMSZO) cuestionó la forma en que se redactó el reglamento: “¿Qué pasó con el trabajo previo que debía realizarse con las asociaciones de alcaldes y municipios? Una disposición de esta gravedad tenía que ser discutida, advertida y despejada antes de llegar a la Contraloría".
Por ello, Alessandri finalmente llamó al Ejecutivo a corregir la norma, ya que “las reglas tienen que ser claras, proporcionales y respetar la Constitución”.
“Espero que la Contraloría revise este artículo con especial rigurosidad y que el Gobierno tenga la disposición de corregirlo. Apoyar al Gobierno también significa decirle con franqueza cuando algo está mal”, concluyó el alcalde oficialista.
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