Por Juan Manuel OjedaFiscal judicial de la Suprema advierte incumplimientos “sostenidos y reiterados” de notarios que atentan contra la “probidad y fe pública”
Tras las primeras fiscalizaciones, el máximo tribunal detectó faltas vinculadas a las declaraciones de patrimonio e intereses y la rendición de cauciones o fianzas. El magistrado Jorge Pizarro dio un plazo y anunció la apertura de sumarios para quienes no corrijan sus conductas.

Hace cinco días atrás, el fiscal judicial de la Corte Suprema, Jorge Pizarro, despachó un oficio a todos los notarios, conservadores y archiveros del país que remeció al sistema.
Fuentes judiciales comentan que desde que entró en vigencia la nueva ley que reformó el sistema notarial, los fiscales judiciales de las distintas jurisdicciones del país se activaron y comenzaron a hacer fiscalizaciones en terreno.
De esas fiscalizaciones -mucho más exigentes que las visitas que hacían los ministros en el sistema pasado- han derivado en informes de cumplimiento que han sido despachados directamente hasta Pizarro, quien ya acumula casi 30 de estos informes.
Luego de revisarlos, el fiscal judicial del máximo tribunal detectó dos incumplimientos que le parecieron graves y por lo mismo decidió oficiar a todos los conservadores, notarios y archiveros haciendo un llamado de atención.

“Dicha revisión permitió constatar incumplimientos sostenidos y reiterados en dos materias de especial importancia para la probidad, la fe pública y la seguridad jurídica: la obligación de efectuar y actualizar anualmente la Declaración de Intereses y Patrimonio, y la de rendir cauciones o fianzas en tiempo y forma legal, esta última extendida en algunos casos por más de treinta años", se lee en el oficio.
A juicio de Pizarro, “la reiteración y extensión territorial de estas omisiones configuran un patrón que compromete fuertemente los estándares de transparencia, responsabilidad e integridad que el ordenamiento jurídico exige a quienes ejercen funciones de auxiliares de la administración de justicia”.
El oficio remeció inmediatamente al sistema. Fuentes judiciales comentan que los titulares de los oficios se empezaron a contactar con los fiscales de su jurisdicción haciendo consultas sobre el tema. Pero además esto generó la indignación de algunos notarios, quienes aseguran que Pizarro está exigiendo el cumplimiento de una obligación legal -en el caso de la fianza- que está amarrada a la publicación del reglamento, el que aún no ha sido debidamente redactado por el Ejecutivo.
Además hay quienes, sobre todo, los más antiguos, argumentan que no han cometido faltas, ya que cuando asumieron en el cargo tuvieron una fianza nominal -como era la usanza antigua-, pero esa ya no es válida en la actualidad.
Pizarro fue aún más duro, ya que rechazó el hecho de que se alegue la inexistencia del reglamento: “La consecuencia del incumplimiento es taxativa e inmediata, dado que el artículo 473 bis del mismo cuerpo legal dispone expresamente que la no presentación en tiempo y forma de la caución acarrea la declaración de vacancia del cargo de forma automática, sin que esta norma admita interpretación extensiva ni consideraciones de proporcionalidad”.
Para el fiscal judicial, los hallazgos vistos en los informes son graves. “Las omisiones detectadas en algunas pautas de inspección revisadas entre abril y mayo de 2026, si bien corresponden a casos aislados, revelan un patrón de incumplimiento que afecta la seguridad jurídica, la fe pública y la integridad institucional del sistema notarial, conservatorio y archivero del país”, se lee en el oficio.
Debido a esto, Pizarro determinó que “los notarios, conservadores y archiveros de todo el territorio nacional deberán remitir a esta Fiscalía Judicial de la Corte Suprema, en el plazo de siete días corridos desde la recepción del presente oficio, la acreditación íntegra del cumplimiento en tiempo y forma legal de sus obligaciones, tanto en materia de Declaración de Intereses y Patrimonio como en lo relativo a la Rendición de Caución o Fianza”. Ese plazo, a petición de un afectado, ya se prorrogó por otros 10 días más.
Si no lo cumplen, estipuló Pizarro, se abrirán sumarios: “El incumplimiento del presente requerimiento dentro del plazo señalado, o la acreditación de cumplimiento en términos insuficientes o extemporáneos, dará lugar a que esta Fiscalía Judicial disponga, a través de las Fiscalías Judiciales de las respectivas Cortes de Apelaciones, el inicio del correspondiente procedimiento disciplinario”.
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