Por Ignacia CanalesPara entender: los detalles del proyecto de Sala Cuna Universal que ha tensionado al gobierno y a la oposición
El proyecto elimina el requisito de contar con 20 mujeres trabajadoras para acceder el beneficio. Además, incluye a padres y madres, y cuidadores legales e independientes.

El proyecto de Sala Cuna Universal -una de las iniciativas que el gobierno de Gabriel Boric buscaba dejar como legado- está sobre la cuerda la floja: a la administración actual solo le quedan nueve días para terminar de impulsar esta norma.
Consciente de esto y de las trabas que la oposición ha estado poniendo para continuar con la tramitación de este proyecto, desde el archipiélago de Juan Fernández, el mandatario hizo un llamado para aprobar la iniciativa durante estos días. “Esto no es un gallito entre oposición y gobierno. Es por Chile, por las mujeres de Chile, por los niños de Chile. Ojalá todos y todas tengamos la grandeza en el Parlamento de poder sacarlo adelante”, afirmó.
Pero ¿en qué consiste el proyecto?
Entre los principales puntos está el hecho que se elimina el requisito de contar con 20 trabajadoras para acceder al beneficio de sala cuna para menores de 2 años de todos los padres trabajadores, independientemente del tamaño de la empresa, a través de un fondo solidario, equiparando el derecho entre hombres y mujeres, e incluyendo a trabajadores independientes, trabajadoras de casa particular y personas con cuidado judicial de menores de dos años.
Claudia Donaire, ministra de la Mujer (s), afirma que la normativa actual afecta las decisiones de contratación de mujeres, porque los empleadores contratan hasta cierto número -para evitar llegar a las 20 mujeres contratadas- o bien impacta directamente en sus rentas, ya que el empleador debe asumir el costo de pagar sala cuna.
“El proyecto lo que hace es modificar esa normativa, reconociendo el derecho a sala cuna a toda persona trabajadora, con independencia del sexo. Por ende, avanza en una política pública de corresponsabilidad o de promoción de la corresponsabilidad parental. Además, no distingue entre tipos de contratación, si la persona está contratada a plazo fijo, indefinido”, detalla la autoridad.
Segundo, el proyecto del Ejecutivo propone una cotización obligatoria a cargo del empleador del 0,3% de las remuneraciones imponibles, la que será administrada por el Fondo de Sala Cuna; en el caso de trabajadores independientes, se regulan las cotizaciones de acuerdo con la fórmula por la cual cotizan.
Asimismo, se crea una Comisión Técnica de Financiamiento y Sostenibilidad, la cual deberá generar un informe periódico para que la autoridad tome decisiones que permitan garantizar la sostenibilidad del fondo y el aporte que este entregará al empleador para dar cumplimiento a su obligación, tomando en cuenta los valores de mercado y las diferencias geográficas que pudiera haber en el valor, entre otras consideraciones.
Por otro lado, las salas cuna donde deba cumplirse el derecho tienen que ser establecimientos que hayan sido certificados por la Superintendencia de Educación. “Esto es muy positivo porque, por primera vez en Chile se logra conciliar el legítimo derecho de las personas a trabajar con las necesidades de niños y niñas de contar con una educación inicial que favorezca y promueva su desarrollo integral”, dice Donaire.
Claudia Lagos, subsecretaria de Educación Parvularia, coincide en que “la agenda Sala Cuna para Chile ha sido construida bajo los pilares de la Ley de Garantías de la Infancia, resguardando el acceso a establecimientos que garanticen la calidad educativa. De esta manera, pone su foco en el componente educativo, relevando que niñas y niños accedan a salas cuna certificadas, desde una perspectiva integral, que asegure el resguardo de los componentes técnico-pedagógicos, jurídicos y de infraestructura esenciales para acceder a experiencias educativas significativas y pertinentes para esta etapa esencial del desarrollo”.
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