Histórico

Postergación de audiencia de formalización

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Señor director:

En el editorial publicado ayer sobre la postergación de la audiencia de formalización solicitada por el Ministerio Público, en la denominada arista SQM, se afirma que "el fiscal decide cuándo se presenta el caso ante la justicia y en el caso comentado ya lo hizo, y la ley no contempla la facultad de retractarse."

Lo anterior no es efectivo, toda vez que el caso no ha sido presentado ante la justicia (formalización), sino que sólo se ha solicitado una audiencia para realizar tal gestión, pudiendo el Ministerio Público solicitar un aplazamiento, tal como ha sucedido.

De interpretarse que no es posible retractarse de la solicitud para formalizar, o como en este caso, solicitar una postergación, se daría el absurdo de tener que formalizar aún cuando no fuese la voluntad del órgano persecutor, cuestión de suyo inconstitucional, toda vez que la jurisprudencia reiteradamente ha señalado que la decisión de formalizar es una facultad privativa del Ministerio Público.

Las excepciones contempladas en la ley no son aplicables en este caso.

Sebastian Valenzuela Agüero

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