Acceso a información tributaria

Megafraude tributario.
Acceso a información tributaria.


SEÑOR DIRECTOR:

Recientemente, el SII habilitó una sección a través de la cual cualquier persona puede obtener información básica de la situación tributaria de otro contribuyente, como las actividades que este tiene registradas ante el SII y si posee o no documentos tributarios timbrados por el organismo. Sin embargo, se echa de menos que la plataforma sea menos básica y mucho más asertiva, en términos de calificar o catalogar el nivel de cumplimiento tributario, de tal manera que la persona que accede a la misma pueda realmente saber si el contribuyente con el que desea operar tiene un comportamiento adecuado de cumplimiento o no.

Contar, por ejemplo, con una especie de ranking de parte del SII respecto al comportamiento del contribuyente, sería de mucha más ayuda para quien accede a este tipo de información. Ello podría ser extraordinariamente útil cuando las personas o empresas están realizando transacciones o negocios con terceros de los cuales sospechan o no tienen seguridad que pudieran estar en situación de regularidad tributariamente, especialmente en lo que concierne a temas sensibles como IVA, o emisión de facturas. En efecto, en muchos casos, cuando un contribuyente que ha actuado de buena fe recibe facturas falsas de un tercero, aun habiendo cumplido con las formalidades que al efecto establece el artículo 23, N° 5 de la Ley de IVA, el SII tiende a impugnar el derecho a crédito fiscal de ese contribuyente que ha actuado de buena fe, y que simplemente debe “pagar los platos rotos” porque se cruzó con un contribuyente que opera o puede haber operado al margen de la ley.

Claudio Bustos

Abogado tributarista y socio de Bustos Tax & Legal