
Alertas tempranas sobre el proyecto(ley) de permisología

Hace unas semanas el Congreso Nacional despachó el proyecto de permisos sectoriales. Hoy se encuentra en su examen de control obligatorio en el Tribunal Constitucional (TC). Más allá de lo que resuelva el TC en su examen, es importante presentar algunas alertas a lo aprobado en sede legislativa.
El texto es un avance. Busca resolver el problema de permisos que tienen los proyectos de inversión. Un Gobierno siempre tiene que equilibrar los bienes sociales en juego (medio ambiente, inversión, participación, entre otros), pero no puede ecualizarlos de manera tal que uno de ellos quede sin sentido temporal.
Hace más de 15 años que el asunto del avance de los proyectos es un tema complejo. Una anécdota de antaño. A un ministro(a) le correspondía subrogar a otro ministro(a). Este último era el que aprobaba los proyectos de inversión. El primer ministro(a) señaló que, si lo dejaban a él subrogando, aprobaría todos los proyectos pendientes. ¿Resultado?, fue designado otro ministro(a) como subrogante para no aprobar los proyectos.
Esta micro historia da cuenta de que para los Gobiernos siempre ha sido difícil conciliar el ánimo pro inversión versus el necesario control y equilibrio. Rol del Estado vs rol del privado.
Ahora bien, el proyecto que está en camino a ser publicado avanza en varios aspectos interesantes. Lo primero es el establecimiento de la permisología como prioridad. Fija plazos para su aprobación, mecanismos que operativizan el silencio administrativo y la responsabilidad funcionaria. Se crea una institucionalidad y un sistema de permisos. El punto más de avanzada son las técnicas habilitantes alternativas como la regla general (en especial las declaraciones juradas); ya que fijan la inversión como prioridad pública, eliminando el control ex ante de la Administración. Sus opositores lo califican como una renuncia del Estado.
También hay temas de fondo y sobre los cuales hay que levantar ciertas alertas jurídicas y políticas. El sistema creado es bastante enmarañado y tiene dos tipos de barreras que pueden, eventualmente, distorsionar el modelo. Lo primero es la posible habilitación a la judicialización que el proyecto, sin buscarlo, crea o incentiva. Encontramos el derecho recursivo por cada presentación de declaraciones juradas digitales que, como expresa la ley, pueden ser objeto de recursos de acuerdo a las reglas generales, de modo que un proyecto, tempranamente puede ser impugnado.
También está la solicitud de tramitación paralela de todas las autorizaciones necesarias para el desarrollo de un proyecto, en ejecución del principio de simplificación. Este asunto puede, al final del día, significar una discusión en sede judicial sobre los criterios fundantes de cada procedimiento administrativo paralelo.
Desde lo político el modelo es centralizador. No sale de la lógica de coyuntura, no pudiendo fijar el mediano plazo como meta. Crea la Oficina de Autorizaciones Sectoriales, servicio dependiente del Ministerio de Economía y se establece el Comité de Autorizaciones Sectoriales y de Inversión, conformado por los subsecretarios de Economía, Hacienda e Interior. Luego, las iniciativas estratégicas (prioridades) las decidirán los ministros de Economía, Hacienda, Desarrollo Social y Medio Ambiente, radicando, al final del día, en las decisiones políticas del Gobierno de turno (factores político-fácticos), las prioridades de inversión.
Por Tomás Jordán, abogado.
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