El nuevo Estatuto Chileno Antártico

Antártica

Chile es un país tricontinental con soberanía en América, Oceanía y la Antártica. Es precisamente respecto del Continente Blanco que nuestro país tiene presencia efectiva desde el año 1906 y que el Estatuto Chileno Antártico, recientemente aprobado por el Congreso Nacional, viene a ratificar, modernizar y adecuar conforme al Sistema del Tratado Antártico, pero teniendo como objetivo primordial la protección y fortalecimiento de los derechos soberanos antárticos de Chile, con claros fundamentos geográficos, históricos, diplomáticos y jurídicos.

A la fecha no existe una regulación legal integral sobre la Antártica y tampoco hemos adecuado nuestra legislación al Tratado Antártico suscrito por Chile el año 1959. Países como Argentina y Reino Unido, con reclamaciones territoriales en la Antártica, sí lo tienen. Por ello, la iniciativa impulsada por el Presidente Piñera en su primer gobierno y que hoy viene a dar a luz, pretende ser un instrumento regulador eficiente del actuar de Chile en la Antártica, propendiendo al resguardo de la soberanía y proveyendo de una institucionalidad moderna, a través de herramientas jurídicas y administrativas, e impulsando una coordinación eficaz entre las entidades públicas y privadas con competencias sectoriales atingentes a la Antártica, a fin de llevar adelante la Política Antártica Nacional con una visión coordinada y de largo plazo al interior del Estado y en cumplimiento de los compromisos internacionales.

En concreto, la nueva regulación legal ratifica la soberanía chilena, reiterando la delimitación realizada en 1940 por el Presidente Pedro Aguirre Cerda en el Decreto Supremo 1.747, pero incorporando y actualizándola con las barreras de hielo, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva, la plataforma continental, la plataforma continental extendida y todos los espacios marítimos que le correspondan de conformidad con el Derecho Internacional, especialmente relevante en los tiempos que corren. Asimismo, reconoce la actuación de los operadores antárticos estatales, como son las Fuerzas Armadas y el Instituto Antártico Chileno, pero también aquellos no estatales, sujetándolos a un completo marco regulatorio en su actuar.

Se configura además una robusta institucionalidad antártica con un Consejo de Política Antártica, que tiene por función proponer al Presidente de la República las bases políticas, jurídicas, científicas, económicas, medioambientales, logísticas, deportivas, culturales y de difusión de la acción nacional en la Antártica, y proponer los grandes lineamientos de la Política Antártica Nacional. Esta última, con una duración de 10 años que se concreta a través de los Planes Estratégicos Antárticos de cinco años y los Programas Antárticos Nacionales, cuya periodicidad es anual. Todo lo anterior con la finalidad de materializar los objetivos del nuevo Estatuto Chileno Antártico.

De igual modo, la institucionalidad se potencia con la incorporación del Ministerio de Ciencias, cuyo rol esencial será promover planes estratégicos de desarrollo e investigación científica en relación con la Antártica y sus ecosistemas dependientes y asociados, en conformidad a los objetivos fijados en la Política Antártica Nacional. Desde una arista distinta, que resulta innovadora también, se incorporan las funciones del Delegado Presidencial y del Gobierno Regional de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, que permiten darle una mirada no solo nacional sino también regional.

Especialmente importante resulta la protección y conservación del medio ambiente antártico. Todas las actividades que se planifiquen o ejecuten en la Antártica deberán tener en cuenta la protección y conservación del medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados, y deberán efectuarse considerando prevenir y reparar las alteraciones al ecosistema que eventualmente produzcan tales actividades. En caso de incumplimiento se incorporan ejemplares sanciones administrativas y penales con multas de hasta 10.000 UTM y penas de cárcel de hasta 15 años.

En síntesis, el Estatuto Chileno Antártico impulsado por el Presidente Piñera constituye sin lugar a dudas un hito fundamental en la presencia de Chile en la Antártica, potenciando nuestra soberanía y cumpliendo el Sistema del Tratado Antártico.

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