Por Gabriel ZaliasnikEmergencia judicial

La actual crisis del Poder Judicial no es la primera. Basta recordar lo ocurrido en la década de los noventa. Entonces fueron acusados constitucionalmente los ministros Lionel Beraud, Germán Valenzuela Erazo y Hernán Cereceda (1993), siendo este último destituido. Años después, la Corte Suprema también removería a los ministros Luis Correa Bulo y Gloria Olivares.
En aquella ocasión, los cuestionamientos y la necesidad de relegitimar la Corte Suprema como parte del proceso de consolidación democrática del país derivaron en una reforma judicial relevante (Ley 19.541). Se introdujo por primera vez un límite de edad para la judicatura (75 años) junto con un incentivo al retiro, la llamada “ley caramelo”. Además, se aumentó el número de integrantes y se incorporaron ministros externos al Poder Judicial.
Traigo a colación lo anterior porque al igual que en la economía, el nuevo gobierno deberá enfrentar una emergencia judicial que exige, como antaño, reformas normativas de fondo que requieren de amplios acuerdos y consensos transversales. Resulta indispensable revisar de manera decidida y sin mezquindad el sistema de nombramiento de jueces en todos sus niveles.
Hoy, en el caso de la Corte Suprema se involucran los tres poderes del Estado, politizando en exceso el proceso. Lo mismo ocurre en el resto de los casos (cortes de Apelaciones y jueces de instancia), donde la decisión recae en el Poder Judicial y el Ejecutivo, concentrando el Presidente de la República un poder significativo. Así, cada gobierno designa o traslada anualmente a centenares -cuando no miles- de jueces a lo largo del país.
En los hechos, quienes acceden a cargos judiciales han desarrollado su carrera bajo decisiones administrativas del Poder Ejecutivo. Durante veinte años de gobiernos de la Concertación, y luego bajo la Nueva Mayoría, Chile Vamos y el actual gobierno, los nombramientos judiciales han respondido a la autoridad política de turno. Ello no desmerece la vocación ni el mérito de quienes integran la judicatura, pero sí hace persistente una discrecionalidad que hoy resulta problemática.
Es hora de avanzar hacia un sistema en que primen la meritocracia y criterios objetivos. El desempeño en la Academia Judicial, las evaluaciones funcionales y los antecedentes profesionales deben tener peso real en las postulaciones. Incluso, definida una terna o quina sobre bases técnicas, la incorporación de mecanismos de azar en la decisión final reduciría las sospechas de cooptación política.
Asimismo, es imprescindible revisar el sistema de jubilación de los jueces, pues es inaceptable que magistrados no puedan retirarse ni siquiera por graves razones de salud debido a pensiones insuficientes, como fue el paradigmático caso del fallecido ministro Carlos Aranguiz. La función judicial es esencial en un Estado democrático de derecho y debe contar con condiciones acorde a su responsabilidad.
Por Gabriel Zaliasnik, profesor de Derecho Penal, Facultad de Derecho, U. de Chile
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