Por José NavarreteProfesionales del Senado manifiestan que es “indispensable” que prosecretario sea un abogado
Directiva de asociación sostuvo que la designación de un letrado en el cargo "constituye una condición necesaria para resguardar la continuidad, solidez técnica y seguridad jurídica que demanda el trabajo legislativo".

La directiva de la Asociación de Profesionales de la Secretaría del Senado emitió un comunicado para referirse al concurso para seleccionar al próximo secretario general de la corporación, un proceso marcado por tensiones -llevado a cabo por una agencia externa- que culmina la tarde de este miércoles.
En el comunicado, los dirigentes hicieron ver que el cargo de prosecretario, que también debe definirse, debiera ser asignado a un abogado.
Este miércoles, el Senado recibirá la propuesta que considera al actual prosecretario de la Cámara de Diputados, Luis Rojas, como secretario general y a Andrés Salas Amaya como prosecretario.
Salas Amaya es actualmente prosecretario y tesorero subrogante.
“Reconociendo que dicha decisión constituye una facultad privativa de la Sala, la Directiva de la Asociación de Profesionales de Secretaría del Senado estima su deber recordar que, en lo concerniente al cargo de Prosecretario —quien, de conformidad con el artículo 223 del Reglamento institucional, ejerce además las funciones de tesorero—, su misión principal y esencial es colaborar y secundar al secretario general en el ejercicio de sus funciones. Como es sabido, este último tiene el carácter de Ministro de Fe para todos los efectos reglamentarios. Por lo anterior, resulta indispensable, para el adecuado funcionamiento del Senado, que el cargo de Prosecretario sea desempeñado por un abogado perteneciente al escalafón profesional", señalan.
En esa línea, recuerdan la norma sobre subrogancia del reglamento que dispone que “en los casos de ausencia o imposibilidad del secretario, lo reemplazará el funcionario que designe el presidente del Senado, con acuerdo de la comisión de Régimen Interior, considerando al prosecretario, siempre que sea abogado”.
“Si bien la misma disposición contempla que la subrogancia pueda ser ejercida por el secretario jefe de comisiones o por un secretario de comisiones, ello no resuelve la situación que se produciría si el Senado careciera de un prosecretario con la formación y competencias necesarias para asistir permanentemente al secretario general”, plantea la asociación.
De esta forma, recalcan que “la designación de un abogado para ejercer el cargo de prosecretario constituye una condición necesaria para resguardar la continuidad, solidez técnica y seguridad jurídica que demanda el trabajo legislativo del Senado”.
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