Tribunal Electoral anula resultados de comicios de alcalde y concejales en comuna de San Ramón: deberá repetirse votación en 65 mesas

El alcalde Miguel Aguilera había sido reelecto en el proceso eleccionario.

El pasado 22 de mayo, candidatos a alcaldes y concejales habían presentado una denuncia por graves irregularidades en el proceso eleccionario que había determinado la reelección de Miguel Aguilera, imputado por corrupción.


Esta noche, el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana decretó que las elecciones de alcaldes y concejales en la comuna de San Ramón quedaron parcialmente nulas, tras la presentación de un recurso

De acuerdo al fallo, el organismo determinó que deberá repetirse el proceso eleccionario en 65 mesas, que corresponden a cuatro locales completos de los 15 instaurados en la comuna y a dos mesas de otro de los recintos.

El dictamen ordena la realización de un nuevo proceso eleccionario de alcaldes y concejales “entre los mismos candidatos en la forma y oportunidad que la autoridad competente determine en las mesas anuladas”.

Esto, luego de que el pasado 22 de mayo, cuatro candidatos a alcalde y 11 al concejo se unieron y presentaron un requerimiento ante el Segundo Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) en el que acusaban graves irregularidades en el proceso que terminó con la reelección de Miguel Ángel Aguilera, hoy independiente, ex PS, con 8.342 votos, alcanzando un 23,98% de las preferencias. El alcalde actualmente es investigado por los eventuales delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de dinero, cargos por los que será formalizado por la Fiscalía Sur.

El problema, según los denunciantes, es que en 16 recintos educacionales que sirvieron de centros de votación los días 15 y 16 de mayo habrían ocurrido una serie de vicios que afectaron la constitución del cuerpo electoral, como, por ejemplo, urnas que no habrían contado con sellos y el uso masivo e irregular del voto asistido a personas que no calificaban para ello, siendo auxiliados al momento de sufragar por personas vinculadas al alcalde Aguilera. También, según los acusadores, hubo cortes del suministro eléctrico en locales de votación al momento del conteo de votos y se habría procedido al cierre de las puertas para impedir el ingreso de apoderados y de la prensa.

De acuerdo al fallo, el Tribunal “se ha formado convicción que han existido graves vicios de nulidad del acto eleccionario constituidos por el ejercicio sin control del voto asistido en los locales de votación Liceo Municipalizado Araucanía y la Escuela Arturo Matte Larraín, que configura la causal de invalidación prevista en la letra c) del artículo 105 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios; y la integración irregular de las mesas receptoras de sufragios por personas ajenas a los locales de votación del Liceo Municipal Purkuyén, la Escuela Sendero del Saber, Escuela Arturo Matte Larraín y la Escuela Villa La Cultura, que se enmarca en la letra a) de la norma antes citada”.

Los graves vicios de nulidad detectados afectan íntegramente la confianza y legitimidad del proceso electoral llevado a cabo en dichos vocales de votación, han tenido influencia en el proceso eleccionario de alcalde y concejales de la comuna de San Ramón en la medida que estos han contaminado la expresión de la voluntad soberana de los ciudadanos expresada a través de su voto, en los términos de relevancia y trascendencia que exige el inciso final del artículo 105 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios.

Extracto del fallo del Segundo Tribunal Electoral de la RM

Dentro de los argumentos entregados por el Tribunal para la repetición del proceso en las 65 mesas determinadas, es que la afectación “de la confianza y legitimidad de la votación en estos locales, resulta significativa”, debido a su “potencial influencia” en los resultados generales de las elecciones de alcalde y concejales, “más aun teniendo en consideración la estrechez relativa de los resultados de la elección de alcalde, disputada entre 4 candidatos con diferencias de 2 a 4 puntos porcentuales”.

En concreto, la diferencia fue de 2,15 puntos en favor de Aguilera, quien obtuvo el 23,98% de las preferencias (8.342 votos), versus el 21,83% (7.593 votos) logrado por el candidato DC, Gustavo Toro, uno de los denunciantes de las irregularidades.

En la comuna, votaron 35.601 personas, 8.655 de los cuales concurrieron a los locales de votación cuestionados, donde la diferencia entre Aguilera y Toro fue de 380 votos en favor del actual alcalde, quien había ganado la elección por 749 sufragios.

Las mesas en que se repetirá la elección

De acuerdo a lo establecido por el Tribunal Electoral, la repetición del proceso se deberá realizar en las siguientes mesas:

* Las mesas receptoras de sufragios 1V, 2V, 3V, 4V, 5V, 6V, 7V, 8V, 9V, 10V, 11V y 12V, que funcionaron en el Liceo Municipal Purkuyén.

* Las mesas receptoras de sufragios 83V, 84V, 85V, 86V, 87V, 88V, 89V, 90V, 91V, 92V, 93V, 94V, 95V, 96V, 97V y 98V, que funcionaron en la Escuela Sendero del Saber.

* Las mesas receptoras de sufragios 1M, 2M, 3M, 4M, 5M, 6M, 7M, 8M, 9M, 10M, 11M, 12M, 13M y 14M, que funcionaron en el Liceo Municipalizado Araucanía.

* Las mesas receptoras de sufragios 46M, 47M, 48M, 49M, 50M, 51M, 52M, 53M, 54M, 55M, 56M, 57M, 58M, 59M, 60M, 61M, 62M, 63M, 64M, 65M, y 66M, que funcionaron en la Escuela Arturo Matte Larraín.

* Las mesas receptoras de sufragios 104M y 107M, que funcionaron en la Escuela Villa La Cultura.

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