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Corte de Punta Arenas revoca condena a exejecutivos de empresa salmonera acusados por contaminación de aguas

Tras ser condenados en julio del año pasado por el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, la Corte de Apelaciones de la región acogió el recurso de nulidad de los acusados.

Este miércoles, en un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa de los cuatro ejecutivos de la empresa salmonera Nova Austral S.A. acusados de contaminación de aguas.

De los cuatro , Drago Jorge Covacich Mac-Kay y Nicos Nicolaides Bussenius (condenados a 800 días de presidio) y a Isaac Aaron Ollivet-Besson Osorio y Rigoberto Antonio Garrido Arriagada (condenados a 41 días de presidio), el único que cumpliría con la sanción sería Covacich de acuerdo al artículo 212 del Código Penal por entregar falsas declaraciones.

“La exigencia del daño no fue establecida por el tribunal a partir de los hechos probados, limitándose la sentencia invalidada a relatar la sobre siembra de salmones, sin acreditar daño real al medio ambiente derivado de la sobre siembra”, dictaminó la Corte magallánica.

Asimismo, dentro del fallo de la instancia judicial se incluye que los encausados “no alcanzan a cumplir las exigencias contenidas en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura para la configuración del delito de introducción de agentes contaminantes en las aguas”, las cuales exigen la comprobación del daño ocasionado.

Para los ministros Marcos Kusanovic Antinopai, Roxana Salgado Salamé y la abogada integrante Sintia Orellana Yévenes, que integraron la Primera Sala del tribunal en cuestión, la sentencia impugnada por el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Punta Arenas incurrió en una errónea aplicación del derecho.

Cabe mencionar que los cargos imputados a los cuatro acusados fueron formulados porque entre 2017 y 2019 los directivos tomaron la decisión de explotar al máximo los salmones que tenían sembrados por sobre lo que estaba autorizado por la resolución de calificación ambiental, según dio cuenta el juez del TOP, Guillermo Cádiz Vatcky, en el primer fallo.

Respecto del delito de contaminación de aguas, “el Tribunal estuvo por condenar en forma unánime al gerente general y al gerente regional por esta decisión que tomaron de sembrar por sobre lo permitido con la consiguiente contaminación producida por los mismos peces”, aseguró Cádiz.

Asimismo, el organismo condenó en esa oportunidad a los jefes de área en una calidad menor como encubridores: “Si bien ellos no toman la decisión de esta sobre producción, sí trataron de ocultar sus efectos dando estas instrucciones para falsear los datos de mortalidad en los centros de cultivos”, finalizó.

Según se indicó para cubrir el rastro, taparon el lecho marino con toneladas de arena por debajo de los módulos de cultivo, alterando las condiciones de oxígeno y sedimentación del fondo marino de manera artificial, lo que afectó la biodiversidad y distribución de la macro fauna bentónica, de acuerdo con el fallo en primera instancia.

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