Por Carlos AlonsoLa última respuesta del gobierno de Boric a informe del CFA que criticó duramente su manejo fiscal: un oficio del 10 de marzo
A principios de marzo, el Consejo Fiscal Autónomo publicó un reporte donde criticó los resultados fiscales de la administración Boric, especialmente por la magnitud de los desvíos de las metas de déficits fijadas. Antes del cambio de mando, la Dirección de Presupuestos defendió su gestión, a través de un oficio firmado por su titular, Javiera Martínez.

A principios de marzo, el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) emitió un duro reporte sobre la gestión fiscal del gobierno de Gabriel Boric. En el documento llamado “Informe sobre el desvío de la meta de Balance Estructural de 2025”, criticó los déficits fiscales estructural y efectivo que hubo el año pasado, de 3,6% del PIB y de 2,8% del PIB, respectivamente.
El organismo enfatizó que “la magnitud de este desvío es elevada en términos históricos para un año sin eventos extraordinarios”, es decir, sin crisis. También acusó que el desvío de la meta de balance estructural respondió a los problemas que tuvo la Dirección de Presupuestos (Dipres) en las estimaciones de los ingresos, respecto de lo cual tuvo un fuerte cuestionamiento.
Frente a esto, la última respuesta de la administración Boric, a través de su directora de Presupuestos, Javiera Martínez, tuvo lugar el 10 de marzo pasado, por medio de un oficio. En ese documento, contestó los principales reparos del organismo autónomo, a ratos, también en duros términos.

1) Corrección de gasto 2025
El informe del CFA indicó que “(...) dado el nivel efectivo de ingresos estructurales, habría sido necesario un ajuste del gasto del orden de US$6.948 millones (2,0% del PIB; equivalente a 8,1% del gasto ejecutado) para cumplir la meta vigente de BE de -1,6% del PIB”, y que “(...) el CFA releva que el cumplimiento de la meta de BE depende de la capacidad efectiva de alinear oportunamente el gasto público con el nivel actualizado durante el año de las estimaciones de los ingresos estructurales”.
Esa aseveración fue respondida así por la Dipres: “Reconociendo la importancia de realizar los ajustes de gasto necesarios para cumplimiento de las metas fiscales, cabe señalar que la recomendación del Consejo no considera imposibilidad, de no mediar cambios legislativos o la afectación de la continuidad de servicios públicos, que implicaría materializar una reducción del gasto del orden de US$6.948 millones dentro de un mismo año".
En ese sentido, agregó que “en distintas instancias -incluyendo comunicaciones directas al propio Consejo (o en) presentaciones de carácter público- se ha expuesto la significativa rigidez que presenta una parte relevante del gasto público, así como las obligaciones legales que condicionan su ejecución. Además, es incompatible con la preocupación del Consejo sobre la ejecución en inversión pública”.

En el análisis, la Dipres sostuvo que “la mayor parte del desvío respecto de la meta se produjo a partir de octubre. En este contexto, focalizar el análisis en este aspecto sin considerar los antecedentes y restricciones relevantes puede limitar una discusión plenamente informada -tanto desde el punto de vista técnico como de política pública-respecto de la situación fiscal”.
2) Tendencia de la deuda bruta
El reporte del CFA mencionó que “(...) si bien la deuda bruta como porcentaje del PIB, en 2025, se mantuvo por debajo de su nivel prudente y similar respecto al año anterior, el Consejo advierte que esto no fue a causa de una consolidación fiscal, sino que responde mayoritariamente a factores independientes de la política fiscal-como el mayor crecimiento del PIB nominal, producto de un mayor deflactor del PIB y a la apreciación del tipo de cambio-, los que podrían ser de carácter transitorio”.
Contra ello la Dipres argumentó que “si el tipo de cambio hubiera permanecido en línea con lo proyectado previamente la deuda bruta hubiera llegado a un 42,1% del PIB, lo que también habría sido un cambio relevante en la tendencia observada en los años previos a la presente administración. Además, el promedio de crecimiento anual de la deuda en este gobierno fue de 1,4 puntos porcentuales del PIB, mientras que los tres gobiernos anteriores promediaron 3,2 pp., 2,7 pp. y 1,7 pp., respectivamente”.
3) Otros activos
En su informe el CFA dijo que “durante 2025 se realizó un uso intensivo de los Otros Activos del Tesoro Público (OATP) como fuente de financiamiento, que pasaron desde US$2.946 millones en el segundo trimestre a US$46 millones al cierre del año”.
La Dipres respondió que “la comparación presentada por el Consejo no es técnicamente equivalente, lo que puede llevar а conclusiones que no reflejan adecuadamente las características de los indicadores analizados”. En tal contexto afirmó que “habría sido valioso contar con la oportunidad de aclarar estos aspectos y responder las dudas técnicas correspondientes con anterioridad”. Asimismo, aseveró que “no resulta del todo claro el criterio utilizado para considerar el segundo trimestre como punto de referencia, en lugar de otros momentos del año, como por ejemplo el inicio del ejercicio”.
Para la Dipres, una fotografía mensual no necesariamente refleja adecuadamente la situación anual. Por ejemplo, planteó que los saldos de cierre mensuales de los Otros Activos del Tesoro Público promediaron alrededor de US$1.780 millones durante el año. “En este sentido, las observaciones en un mes específico pueden verse influidas por factores transitorios de gestión de caja, tales como emisiones de deuda, pagos de amortizaciones u otros movimientos propios de la administración financiera del Tesoro”, manifestó la Dipres.
4) Justificación para el cambio de metas
El CFA indicó que “(...) en su Informe sobre la modificación del decreto que fija las bases de la política fiscal de noviembre de 2025, señaló que la utilización de la figura de otras causales extraordinarias debe ser de carácter estrictamente excepcional, debidamente justificada y coherente con el propósito de la Ley N°21.683. Asimismo, el Consejo consideró que correcciones de proyecciones de ingresos, por sí solas, no constituyen un fundamento suficiente para modificar las metas fiscales en el marco de esta figura”.
Al respecto, la Dipres contestó que “queremos recalcar que la justificación fundada no fue por sí sola la corrección de proyecciones de ingresos. Lo planteado es una simplificación poco apegada a lo que se establece en el Decreto de Política Fiscal vigente y en el documento de acciones correctivas establecido por ley publicado junto con el Informe de Finanzas Públicas del primer trimestre del 2025”.
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