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Leonidas Vial pide a la Suprema que el Fisco le devuelva millonaria multa pagada en caso Cascadas

El empresario argumentó que no existe “ningún impedimento legal o procesal” para restituirle los más de $10.700 millones consignados, ya que la multa fue anulada y retener el dinero le provoca un “perjuicio innecesario”.

Leonidas Vial

El 2 de septiembre de 2014, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS, hoy forma parte de la Comisión para el Mercado Financiero) impuso la multa más alta de su historia, sancionando a nueve personas y entidades por su presunta participación en el esquema fraudulento conocido como el caso Cascadas.

El ente regulador, entonces encabezado por Carlos Pavez —actual director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF)—, aplicó sanciones por un total de 4.010.000 UF, equivalente a unos US$164 millones de la época. A casi once años del inicio de este emblemático caso, los sancionados continúan librando una extensa batalla judicial para revertir las millonarias multas.

El jueves 19 de junio, el empresario Leonidas Vial Echeverría, representado por los abogados Alfredo Alcaíno y Marcelo Giovanazzi, presentó un escrito que marca un nuevo capítulo en la prolongada disputa judicial del caso Cascadas. En su presentación, el socio de la corredora de bolsa LarrainVial —también sancionada— solicitó a la Corte Suprema que oficie a la Tesorería General de la República para que le devuelva un total de $10.726.643.710 (unos US$11 millones).

Según el escrito, el monto corresponde a tres consignaciones realizadas entre septiembre de 2014 y enero de 2015: una por $12.084.010 el 29 de septiembre de 2014; otra por $8.614.559.580 el 29 de diciembre de ese mismo año; y una tercera por $2.100.000.120 el 29 de enero de 2015. La defensa de Vial pidió que las sumas sean reajustadas conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC), desde el mes anterior al ingreso en arcas fiscales hasta el mes anterior a la fecha en que se haga efectivo el pago.

En el documento, los abogados afirmaron que “no existe, en definitiva, ningún impedimento legal o procesal para proceder a la devolución en favor de Leonidas Vial Echeverría de las cantidades consignadas, que conforme a la ley y al estado de la causa procede restituir al reclamante, para evitar que siga sufriendo un innecesario perjuicio debido al estado de las cosas”.

En el marco del caso Cascadas, la SVS sancionó en 2014 a nueve personas y entidades con multas que totalizaron 4.010.000 UF. Entre los sancionados estuvieron Julio Ponce (UF 1.700.000), Aldo Motta (UF 600.000), Roberto Guzmán (UF 550.000), Leonidas Vial (UF 500.000), la corredora Larrain Vial (UF 200.000), Patricio Contesse, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz. Algunas de estas sanciones fueron confirmadas y otras revocadas por la Corte de Apelaciones, como las de Vial y Larrain Vial, causas que aún están pendientes de resolución definitiva en la Corte Suprema.

Argumentos

Según el escrito presentado por la defensa de Leonidas Vial Echeverría, “no existe, en definitiva, ningún impedimento legal o procesal para proceder a la devolución en favor de LVE de las cantidades consignadas”, las que fueron ingresadas entre 2014 y 2015 tanto por exigencia legal como de manera voluntaria, para evitar el cobro de intereses penales durante el juicio.

Los abogados sostuvieron que la situación actual es injusta, ya que “la Resolución 223 y la multa aplicada en ella quedaron sin efecto” y que mantener consignada la cifra de 435.793 UF (más de $17.000 millones al valor actual) “grava el patrimonio de LVE con una onerosidad excesiva”. A ello suman que el Tribunal Constitucional, en 2018, acogió un requerimiento presentado por Vial y declaró inaplicable la norma que sirvió de base a la sanción, por carecer de proporcionalidad y certeza legal, “vulnerando con ello garantías fundamentales del debido proceso”.

En ese sentido señalaron que con la sentencia del TC, quedó establecido que “la sanción máxima a la que eventualmente podría ser condenado LVE, en el peor evento, no puede exceder las 15.000 UF, lo que constituye un límite jurisdiccionalmente infranqueable”. Además, citaron un fallo reciente de la Corte Suprema (causa “Guzmán con CMF”) que confirma que “los intereses penales de las multas solo se devengan a partir de que la sentencia que rechace la reclamación de ilegalidad quede a firme o ejecutoriada”.

La arremetida del CDE

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) perdió en dos instancias la batalla por validar las multas que la antigua SVS impuso a Larrain Vial y a Leonidas Vial, y ahora el caso está en manos de la Corte Suprema. El 1 de abril de 2024, el organismo que representa al Fisco presentó un recurso de casación, acusando que la sentencia de la Corte de Apelaciones tenía “errores de derecho e infracciones de ley, con influencia substancial en lo dispositivo del fallo”. Según el CDE, no era coherente que se anularan esas sanciones cuando, en otras causas del mismo caso Cascadas, se confirmó que existió un esquema concertado.

El CDE criticó que los jueces hayan descartado la infracción solo porque se cumplió con las normas bursátiles. Afirmó que esa conclusión fue errónea, porque se ignoró que las operaciones investigadas tenían fines distintos a los propios del mercado. Recalcó que “se ha utilizado el mercado bursátil para un fin ajeno al mismo” y que las operaciones sancionadas fueron instrumentales a financiar y mantener las acciones de SQM en poder del grupo.

Además, el CDE apuntó a una contradicción entre fallos. Recordó que, en el caso de Aldo Motta, se estableció que hubo operaciones ficticias y concertadas. En cambio, en este juicio, se dijo que “no existe en este caso un engaño (…) ni tampoco un engañado”. Frente a eso, el CDE preguntó: “¿Cómo se puede explicar que en una sentencia se diga que las operaciones fueron ficticias, y en otra (…) se diga lo contrario?”, y acusó que el fallo no ofreció ninguna justificación para esa diferencia.

El Consejo recalcó que Larrain Vial tenía un rol clave y mayor responsabilidad por ser corredora de bolsa. Aseguró que “abusó de su posición como Corredora de Bolsa para engañar al mercado” y que su intervención fue fundamental para que las operaciones se concretaran.

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