Postnatal de Emergencia: revisa los plazos y cómo solicitarlo

Postnatal de Emergencia termina a fin de mes ¿Cómo y hasta cuándo solicitarlo?

Conoce los detalles de la iniciativa que permite prolongar el permiso por un máximo de 60 días continuos, con fecha tope hasta el 31 de diciembre.


El Postnatal de Emergencia, permite a trabajadores ausentarse de su empleo para facilitar el cuidado de los niños y niñas, un beneficio fiscalizado por la Superintendencia de Seguridad Social.

Según la Ley 21.510 se extiende el Permiso Postnatal Parental, (PPP) hasta el 31 de diciembre del 2022 como fecha tope.

Aquellos que deseen solicitar la extensión, tendrán plazo hasta el 9 de diciembre. Conoce los detalles a continuación.

¿Quiénes pueden solicitar el Postnatal de Emergencia?

Si el periodo del Permiso Posnatal Parental que dura 84 días terminó entre el 1 de octubre y el 23 de noviembre del 2022 y ya volviste a trabajar, tienes un plazo de 15 días para dar aviso al empleador.

La fecha máxima de aviso es hasta el 9 de diciembre.

También lo podrán solicitar quienes estén con licencia médica o tengan días pendientes enviando el formulario respectivo. Puedes encontrar los distintos modelos en la página web de la Superintendencia de Seguridad Social.

Página web de la Superintendencia de Seguridad Social.

¿Cómo solicitar la extensión del Postnatal de Emergencia?

El aviso al empleador debe ser enviado hasta el 9 de diciembre de la siguiente manera:

  • Los trabajadores del sector público deben dar aviso a su jefe de servicio y recursos humanos.
  • Trabajadores del sector privado deben dar aviso al empleador con copia a recursos humanos y además a la Inspección del Trabajo mediante un correo electrónico a upartesyarchivosdt@dt.gob.cl o carta certificada.

La notificación debe indicar dos puntos: la fecha de inicio de uso del beneficio y la entidad pagadora del permiso postnatal parental (Fonasa, Isapre o Caja de Compensación).

Una vez que el empleador recibe la solicitud, cuenta con tres días para informar a la entidad pagadora.

Los trabajadores independientes deben enviar el correo directo a la entidad pagadora correspondiente.

En el caso en que el posnatal se termine después de la fecha en que entró en vigencia la Ley, el beneficio opera automáticamente, sin embargo es recomendable dar aviso. En caso que no quieras tomar el beneficio, se debe comunicar al empleador con cinco días de anticipación.

Página web de la Superintendencia de Seguridad Social.

Las entidades pagadoras son:

  • Isapre Consalud.
  • Isapre Banmédica.
  • Isapre Cruz Blanca.
  • Isapre Colmena Golden Cross.
  • Isapre Nueva Más Vida.
  • Isapre Vida Tres.
  • Isapre Fundación Banco Estado.
  • Isapre Codelco.
  • Isapre Esencial.
  • Caja Los Andes.
  • Caja Los Héroes.
  • Caja 18 de Septiembre.
  • Caja La Araucana.
  • Fonasa.

¿Cómo funciona el pago del subsidio?

Durante el período de extensión del beneficio, la trabajadora o el trabajador recibe el subsidio, con el mismo monto diario y forma de pago que los que recibía por el permiso postnatal parental.

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