Fallo caso Gatica

SEÑOR DIRECTOR:
Consideramos que el veredicto que absolvió a Claudio Crespo por el disparo que cegó a Gustavo Gatica marca un precedente extremadamente peligroso para la democracia y los derechos fundamentales, particularmente el derecho a la protesta.
La Ley Nain Retamal, al establecer una presunción de legítima defensa privilegiada, se ha convertido en una pieza central del razonamiento del tribunal. A ello se suma la exigencia de acreditar el incumplimiento de reglamentos como elemento del tipo penal de apremios ilegítimos, elevando el estándar probatorio hasta niveles que, dificultan seriamente sancionar el uso abusivo de la fuerza estatal.
El veredicto se construye sobre la idea de un contexto de violencia generalizada, citando hechos no probados ni atribuidos a Gustavo Gatica. El razonamiento del tribunal no solo criminaliza la protesta, sino que vulnera los estándares internacionales de derechos humanos, que exigen individualización de responsabilidades y que el uso de la fuerza letal sea excepcional, estrictamente necesario y proporcional.
Más grave aún, al no poder acreditarse la trayectoria del disparo, el tribunal descartó el dolo y aceptó como “legal” un daño irreversible. Que se afirme que Crespo “obró en derecho” no debiera tranquilizarnos, sino alarmarnos: es admitir que Carabineros puede quitarnos la vista o la vida bajo el amparo de la ley por protestar.
¿Qué puede esperar Chile de sus tribunales cuando, en un caso que conmovió al país, se consagra la impunidad y se vacía de contenido el derecho a la protesta, pilar irrenunciable de toda democracia?
Natalie Rojas, Juan Mena, Mónica Bugueño, Matías Vallejos, Nicolás Naranjo
Investigadores Nodo XXI
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