Extenso proceso judicial en caso SQM
Escapa de lo razonable que la investigación de un caso y su resolución judicial se extienda por más de una década, lo que atenta contra elementales principios de justicia.

La arista penal en el llamado Caso SQM finalmente terminó de ser zanjada luego de que el Tercer Tribunal Oral en lo Penal decretara la absolución -por mayoría- de los ocho acusados por presuntos delitos de cohecho, soborno e ilícitos tributarios. El caso representa ciertamente un fuerte revés para la Fiscalía, que fue objeto de duros reproches por parte de las juezas que concurrieron al voto de mayoría, no solo por la calidad de las pruebas que presentó, sino además por lo muy extenso del proceso, que en buena medida atribuye a la forma como el ente persecutor estructuró este juicio. Entre otros puntos, se reprocha que la Fiscalía haya presentado 14 mil documentos como prueba, “sorprendiendo que varios de los instrumentos ofrecidos se encontraban repetidos o contenidos de manera más genérica en los distintos medios de prueba”.
La resolución del tribunal aún podría ser recurrida de nulidad por parte de la Fiscalía -es probable que lo haga, tanto porque la fiscal a cargo del caso defendió el trabajo del Ministerio Público, valiéndose además de que hay un voto de minoría-, pero ello recién podrá ocurrir a partir de agosto del próximo año, cuando se dé a conocer la sentencia. Si bien no es un caso que esté totalmente cerrado, y serán instancias superiores las llamadas a confirmar o no la presente resolución, es ciertamente inadmisible que este proceso se haya extendido por 11 años: las primeras investigaciones por boletas emitidas a SQM para financiar campañas políticas comenzaron en 2014, y el juicio propiamente tal recién tuvo lugar en febrero de 2023, extendiéndose por cerca de tres años.
Resulta evidente que una tramitación tan extensa como esta atenta contra las más elementales garantías de las personas, que tienen derecho a procesos racionales y justos, lo que desde luego supone que ello pueda tramitarse dentro de plazos razonables. Si bien no hay una norma que defina con precisión cuál sería un plazo razonable, escapa a toda lógica que un caso se extienda por más de una década; ello desde luego aumenta las probabilidades de que el proceso mismo se pueda ver comprometido -en este caso, 13 testigos fallecieron-, e impone injustamente una muy pesada carga para los inculpados, quienes pese a gozar de la presunción de inocencia es inevitable que terminen cargando con altísimos costos reputacionales -además de los daños emocionales y familiares-, sin perjuicio de que eventualmente también les puede acarrear altos costos económicos, ya sea solventando su defensa jurídica o por eventuales pérdidas de oportunidades laborales, todo lo cual se aleja del más elemental sentido de justicia.
No deja de resultar paradojal que el voto de mayoría haya hecho un fuerte reproche a la Fiscalía por lo extenso de la tramitación, pero aun así el tribunal se haya tomado el máximo plazo que permite la ley para redactar la sentencia, lo cual conlleva a que un eventual recurso de nulidad recién podrá ser presentado en diez meses más.
Es un hecho que el presente caso pasará a ser paradigmático dentro del actual sistema procesal penal. Se trata por de pronto de uno de los juicios más extensos bajo dicho sistema, lo que pasa a llevar una de sus promesas fundamentales, que era justamente asegurar procesos judiciales mucho más ágiles. Esto seguramente obligará a revisar los actuales procesos, de tal manera que una acusación no se pueda sostener indefinidamente.
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