Por Daniela SilvaLicencia de conducir: Congreso aprueba ley Jacinta y proyecto queda listo para ser promulgado
La legislación incorpora también fuero laboral por el período de un mes en caso de muerte de un hijo o hija.

Con 137 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó de manera unánime esta jornada -en su tercer y último trámite- la llamada ley Jacinta, proyecto que modifica la ley 18.290 y otros cuerpos legales para hacer efectiva la exigencia de contar con aptitudes para conducir vehículos motorizados y regular otras materias relacionadas.
La iniciativa, que busca mejoras en la seguridad vial, también incluye fuero laboral por el período de un mes a partir del primer día del fallecimiento en caso de muerte de un hijo o hija. Si se trata de trabajadores cuyos contratos de trabajo sean a plazo fijo, o por obra o servicio determinado, el fuero establecido en el presente artículo se mantendrá vigente por el mismo período o hasta el término de dicho contrato.
Tras su aprobación en tercer trámite, el proyecto está listo para ser promulgado ley por el Presidente de la República.
La ley Jacinta es una iniciativa legislativa que nació a raíz de la tragedia de Jacinta González Schnitzer, menor de cinco meses de edad que falleció mientras era paseada en coche por sus padres. En la ocasión, un conductor de 80 años de edad perdió el control de su vehículo afectado de un cáncer en etapa IV.
Tras lo ocurrido, se presentó la moción que busca mejoras legales en el sistema de otorgamiento y renovación de licencias de conducir, el transporte de niños en motos y la circulación de vehículos con tecnología no especificada.
Entre las medidas que se concretaron tras la discusión en el Congreso están:
1.- Declaración médica jurada obligatoria. Todo postulante deberá declarar bajo juramento no sufrir enfermedades que afecten su capacidad física, mental o psicomotora. La falsedad en esta declaración implicará la cancelación inmediata de la licencia.
2.- Estandarización de los exámenes médicos. El nuevo reglamento establecerá un procedimiento uniforme a nivel nacional para los exámenes médicos y psicotécnicos, permitiendo que puedan ser realizados por personal de salud capacitado y supervisado por un médico.
3.- Regulación del transporte de menores en motocicletas. Se prohíbe transportar niños entre el conductor y el manubrio, se fija una edad mínima de 12 años para ser acompañante y se exige que el menor use casco homologado y pueda apoyar los pies en los estribos. Estas medidas buscan reducir los accidentes y alinearse con los estándares europeos.
4.- Ampliación de la cobertura del SOAP. Se duplica la cobertura del seguro obligatorio de accidentes personales. Además, el plazo para el pago de indemnizaciones se reducirá de 10 a 7 días hábiles desde la entrega de los antecedentes.
5.- Modernización tecnológica. Se permitirá que los vehículos con escasa visibilidad lateral puedan incorporar cámaras o monitores en reemplazo de los espejos retrovisores, para mejorar la seguridad en la conducción.
Una de las principales promotoras del proyecto, la diputada Erika Olivera (Demócratas) celebró la votación, destacando que esto está enfocado para todas las personas que deban renovar su licencia o sacarla por primera vez.
De esta forma, recordó que las personas deberán realizar una declaración jurada para afirmar si están “bajo algún tratamiento, o alguna enfermedad compleja”.
“Porque finalmente siendo responsables nosotros mismos estamos salvando también no solamente nuestra vida, sino que la de un tercero, que finalmente muchas veces son las víctimas”, señaló.
Asimismo, hizo hincapié en que la redacción del reglamento que acompaña a esta ley sea expedito.
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