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Libedinsky por pinchazo a abogado de Dispensario Nacional: “El tribunal constató que la Fiscalía no ocultó ningún antecedente”

El fiscal regional de Aysén comentó los alcances de la determinación del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Indicó que sólo se dejarán sin efecto las actuaciones derivadas de una sola interceptación.

Dispensario Nacional. DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

La jornada de ayer viernes, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago acogió incidentes de nulidad presentados por defensas de imputados en el caso Imperio Ámsterdam, y estableció que hubo vicios en la interceptación de las comunicaciones del abogado de Dispensario Nacional, Hernán Bocaz.

Por tanto, la jueza Cecilia Villanueva accedió a la petición de anular como prueba las escuchas que se deriven de esa interceptación, al igual que todos las actuaciones que se deriven de ella.

Para ello, se fijó una audiencia para el próximo 7 de diciembre, donde se deberán analizar qué piezas deberán ser excluidas.

Ante la determinación y en conversación con La Tercera, el fiscal regional de Aysén, Hernán Libedinsky, manifestó: “Respetamos la decisión del tribunal y estamos analizando con detención su fundamento”.

“El tribunal no anuló las resoluciones que autorizaron las interceptaciones, rechazó expresamente esa petición por considerarla excesiva o extensiva. Lo que declaró la magistrada es la nulidad de las actuaciones que deriven de la interceptación de una sola línea telefónica (la de Hernán Bocaz), y todavía no se ha determinado cuáles son dichas actuaciones. Además, el Tribunal dejó claramente establecido que la Fiscalía sí informó desde el inicio que se trataba de un abogado y que no hubo omisión alguna del Ministerio Público a ese respecto”.

Junto con ello, al ser consultado respecto de los antecedentes que se tuvo a la vista para resolver, el persecutor aclaró que “hay tres cosas que son incuestionables: Primero, el propio tribunal constató que el Ministerio Público no ocultó ningún antecedente, pues la calidad de abogado de esta persona estaba informada expresamente al juez que autorizó la medida. Lo que se objeta es la forma en que se fundamentaron esas resoluciones”.

“Segundo, el tribunal rechazó la petición de las defensas de anular íntegramente esas autorizaciones. La decisión se limitó a lo relacionado con un solo teléfono, dentro de una investigación que considera muchas otras diligencias, como interceptaciones a los propios imputados, seguimientos y antecedentes financieros.

Y finalmente, agregó, que “el alcance concreto de esta resolución todavía no está definido. Se determinará en una próxima audiencia, y ahí vamos a demostrar que esta investigación descansa en fuentes propias e independientes, con las cuales se pueden mantener todas y cada una de nuestras imputaciones”.

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