Por Arturo LeónLos principales elementos de la nueva Ley de Seguridad Municipal
El proyecto otorga un marco al cual deben atenerse todas las municipalidades, y que, da lineamientos claros de sus atribuciones y funciones preventivas, en especial con el reconocimiento de la función de los inspectores de seguridad municipal.

Luego de una tramitación que comenzó en mayo de 2023, el Congreso aprobó el proyecto de Ley de Seguridad Municipal, que da un marco normativo al cual deben atenerse todas las municipalidades y que da lineamientos claros de sus atribuciones y funciones preventivas, en especial con el reconocimiento de la función de los inspectores de seguridad municipal.
A continuación se detallan los principales elementos de la iniciativa aprobada este martes:
a) Nueva institucionalidad comunal en prevención y seguridad
• Se especifica el rol municipal en seguridad pública y prevención del delito. Se reconoce la prevención como función principal y prioritaria.
• Se crea el Comité Operativo de Seguridad (Director de Seguridad, Carabineros, PDI y Ministerio Público), que liderará el alcalde/sa.
• Se fortalece la regulación del cargo de Director o directora de Seguridad, estableciendo sus funciones y demás labores.
• Se ajusta la integración del Consejo Comunal de Seguridad Pública.
• Se actualizan las materias del Plan Comunal de Seguridad Pública.
• Se mejora el flujo de información entre municipalidades, policías y Ministerio Público, que combine información del STOP, el CEAD de la SPD, avances de los planes comunales de seguridad, entre otras.
• Se refuerza el enfoque de seguridad en los instrumentos de planificación territorial.
b) Nuevas formas de contratación
• Se habilita la contratación de personal de seguridad vía código del trabajo.
• Se regula la contratación de personal de seguridad por asociaciones municipales de seguridad (“patrulleros”) para desempeñar funciones preventivas y, previa autorización de Carabineros, de labores coadyuvantes.
c) Regulación de labores de seguridad municipal.
• Se crea por ley la figura de la y el inspector de seguridad municipal. Se establece un nuevo régimen jurídico para sus funciones.
• Se regulan labores preventivas (autónomas sin Carabineros) y coadyuvantes (con Carabineros) que podrán realizar inspectores de seguridad municipal
• Se regula de manera especial la coordinación de las municipalidades con Carabineros, estableciendo requisitos mínimos para el convenio que ambas instituciones pueden suscribir (actividades a realizar, forma de ejecución, disponibilidad de vehículos municipales y personal y demás aspectos operativos).
• El Ministerio de Seguridad Pública dictará un reglamento para regular la intervención del personal de seguridad municipal en su labor coadyuvante y los elementos de protección personal que usarán las y los inspectores de Seguridad municipal.
• Se regula el ejercicio de la facultad de detener en flagrancia.
• Se permite posibilidad el desplazamiento entre comunas.
• Se regula la implementación de sistemas de televigilancia, sistemas de alerta ciudadana y análisis de datos, con resguardo de la privacidad y uso regulado por ley y reglamento.
• Se regulan capacitaciones, coordinadas por la SPD con Carabineros, municipalidades y demás instituciones pertinentes.

d) Elementos de protección y defensa de las y los inspectores de Seguridad Municipal.
• Se consagra a nivel de reglamento la determinación de los elementos que podrán usar inspectores, las condiciones para su uso, capacitación y entrenamiento continuo, como asimismo los requisitos de calidad, certificación y actualización.
• Las municipalidades deberán dotar a su personal de seguridad de elementos defensivos certificados, en ningún caso podrán portar armas de fuego.
• A modo ejemplo se señalan elementos como lumínicos, sonoros, cascos, chalecos antibalas, chalecos anticortes, lentes de protección, esposas o bastones retráctiles.
• Los únicos elementos regulados en la ley de control de armas que podrán determinarse en el reglamento serán elementos de efecto lacrimógeno elaborados sobre la base de productos naturales, como el gas pimienta y elementos de pulsación eléctrica.
• La SPD deberá proveer, con cargo a los recursos asignados al programa establecido en el proyecto para el financiamiento de elementos defensivos y de protección personal, en caso de que las municipalidades no cuenten con recursos para ello.
• Se habilita la contratación de seguros de vida.
• Se suma agravante penal ante agresiones en el ejercicio de sus funciones.
e) Incorporación de enfoque de seguridad en los instrumentos de planificación territorial.
• Se agrega, dentro de los estándares urbanísticos mínimos que deben tener los instrumentos de planificación urbana comunal, características y condiciones relacionadas con la prevención del delito y la seguridad de las personas en los espacios públicos.
• Se dispone que, dentro del plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público que debe elaborar el municipio, se debe contener una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación territorial, debidamente priorizadas, para mejorar la seguridad de sus espacios públicos.
f) Efecto del proyecto en el presupuesto fiscal.
• Se estima en $208.000 miles el costo del desarrollo de una plataforma electrónica interconectada específica para la disposición y visualización de datos e información desde el Banco Unificado de Datos y el Sistema Táctico de Operación Policial a nivel comunal, además de desarrollar e interconectar el Registro de Seguridad Comunal de cada municipio.
• Adicionalmente, se contemplan $5.100.000 miles a la Subsecretaría de Prevención del Delito para celebrar convenios con las Municipalidades para facilitar la compra de elementos de protección y defensa de las y los inspectores de seguridad municipal y del personal contratado a través de asociaciones de municipalidades.
• La Subsecretaría de Prevención del Delito podrá transferir recursos a los municipios mediante convenios que prioricen criterios de equidad territorial, densidad poblacional y vulnerabilidad socio-delictual. Las leyes de presupuestos del sector público de cada año podrán consultar recursos para este fin.
• El presupuesto indicado anteriormente será entregado en un periodo de tres años, siendo el primero el año 2025.

g) Financiamiento municipal adicional.
• El Royalty a la Minería obliga a suplementar el Fondo Común Municipal con recursos entre 2025 y 2034 mediante dos componentes: comunas mineras (32 comunas) y apoyo a la equidad territorial (309 comunas). Esto significa para el conjunto de las primeras comunas $51.733 millones al año y para las segundas comunas $161.665 millones al año, respectivamente.
• Además, la SPD financia de manera permanente programas relacionados con la función municipal en materia de seguridad.
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