El derecho a disentir
<div>La reformulación del proyecto de deuda consolidada es necesaria, porque las premisas en que se basa han ido quedando obsoletas debido a otras iniciativas regulatorias y a cambios naturales del mercado.</div><div><br></div>

EN UNA democracia, cuyas leyes se debaten y despachan en el Congreso, todos los sectores, personas y organizaciones tienen el derecho y el deber de manifestar sus opiniones, representar sus demandas y hacerlas llegar a los parlamentarios. En el legítimo ejercicio de esos derechos, durante más de dos décadas hemos opinado como industria sobre los proyectos de información comercial crediticia que se han presentado en el Congreso. Lo hemos hecho públicamente, con argumentos técnicos, y a partir de nuestra experiencia concreta, a diferencia de las premisas teóricas en las que se han sostenido esos proyectos.
Por eso resulta curioso que ante la frustración de no contar con argumentos técnicos suficientes, el subsecretario de Hacienda ponga en duda el actuar de nuestro Congreso, atribuyendo el retraso de la tramitación del actual proyecto sobre esa materia a un lobby de la industria a la que represento, según lo manifestó a este medio el lunes pasado.
Lamentamos que sea éste el camino para intentar inhibir nuestro legítimo derecho de aportar al debate de las políticas públicas para el correcto desarrollo de esta industria, como de cautelar los derechos de las personas que serían afectadas por este proyecto de ley. Nos hemos sentido en la obligación de representar la necesidad de refundar este proyecto, pero pasando desde una lógica pro banca, en la que se funda el actual texto de Hacienda, a una iniciativa pro consumidor.
Lo más increíble es que si el actual texto se convirtiera en ley, este sector -que reclama por falta de información- finalmente contaría con más información que el resto de los emisores al mantenerse en operación el libro de deudores de la banca, que coexistiría con el SOE.
Creemos que es un error de la autoridad interpretar nuestros dichos sobre la base de no reconocer la propiedad del dato específico en sus titulares. Siempre hemos afirmado que éste pertenece a cada persona, y que incluso es necesario reforzar sus derechos sobre la materia. Adicionalmente, estimamos que la reformulación del proyecto es necesaria, porque las premisas en que se basa han ido quedando obsoletas debido a otras iniciativas regulatorias y a cambios naturales del mercado. La supervisión respecto del eventual riesgo sistémico se está resolviendo con la normativa recién oficializada por el Banco Central (II.J.1) relativa a los emisores no bancarios. Y la prometida rebaja del interés para los buenos pagadores está siendo abordada por una ley impulsada por el propio Ministerio de Hacienda, rebajando la TMC en un 38%.
La eventual mayor protección de los consumidores ya fue resuelta por la ley el 2012 (Ley Harboe), que regula el principio de la finalidad del uso de los datos para fines económicos y comerciales. Pero este proyecto ni siquiera considera esta importante norma regulatoria, generando un retroceso en materia de derecho de los consumidores al permitir que el Estado almacene información a espaldas de las personas y sin su consentimiento.
Hacemos un llamado al Ejecutivo a no soslayar nuestros argumentos técnicos, así como a evitar descalificaciones ante las frustraciones causadas por las justificadas dificultades de su tramitación. Nuestra industria está comprometida en un proyecto que de verdad sirva a las personas y asegure un equilibrio en las reglas del juego para una justa competencia.
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