Opinión

Derecho a la educación y libertad de enseñanza

PATRICIO FUENTES Y.

SEÑOR DIRECTOR

Los tratados de derechos humanos vigentes y ratificados por Chile consagran el derecho a la educación y la libertad de enseñanza -y la libertad de la elección como corolario de este último- de manera interrelacionada.

Con el fin de aportar al debate constitucional, junto a un grupo de académicos UC revisamos experiencias internacionales sobre la consagración de estos derechos. Se analizaron 14 países de Europa, Oceanía y Latinoamérica cuyo modelo educativo resultaba más relevante para el caso chileno. De ellos, 12 consagran la libertad de enseñanza en sus constituciones (como Uruguay, Argentina, Bélgica, Finlandia, Alemania, Nueva Zelandia, entre otros), y en algunos se explicita, además, el derecho a crear o mantener establecimientos educacionales.

El desarrollo constitucional nacional y comparado confirma que existe una tríada indivisible entre el derecho a la educación, la libertad de enseñanza y la libertad de elección en materia educativa (no restringidas al sistema formal ni a algún nivel educativo).

Estos principios, además de estar íntimamente ligados, son complementarios: la libertad de enseñanza y la libertad de elección permiten la realización del derecho a la educación, y el derecho a la educación define el propósito de la libertad de enseñanza.

Susana Claro

Escuela de Gobierno UC

Andrés Bernasconi

Facultad de Educación UC

Ignacio Irarrázaval

Centro de Políticas Públicas UC

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