Opinión

El camino de la justicia internacional

La imagen de Maduro ante un tribunal en Nueva York ha reabierto un debate fundamental: ¿cómo juzgar a quienes cometen crímenes contra su propia población? Mientras Maduro enfrenta cargos en Manhattan, la Corte Penal Internacional investiga crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela: detenciones arbitrarias, torturas y persecución política sistemática.

Tras la Segunda Guerra Mundial, los juicios de Núremberg llevaron a los líderes de un Estado a responder por crímenes cometidos contra civiles. Philippe Sands subraya en East West Street, que “genocidio” y “crímenes de lesa humanidad” nacieron del esfuerzo por someter al derecho los peores horrores. Aunque Núremberg fue en parte justicia de vencedores, Sands reivindica su esfuerzo por procedimentalizar la venganza mediante tribunales genuinos: ahí radica la diferencia entre justicia y ejercicio del poder.

El Estatuto de Roma creó la CPI. No es retórica: la justicia penal internacional ha condenado a Karadžić y Mladić por genocidio en Bosnia. Kambanda por genocidio en Ruanda, a Charles Taylor por crímenes de guerra, a Habré por torturas y crímenes contra la humanidad.

En 1998 Pinochet fue detenido en Londres invocando jurisdicción extraterritorial. La Cámara de los Lores afirmó que la tortura es tan grave que ninguna inmunidad de ex jefe de Estado la protege, sin nexo territorial directo. Así para la jurisdicción universal cualquier Estado puede juzgar crímenes de lesa humanidad porque ofenden a toda la comunidad internacional. Jurisdicción extraterritorial requiere un nexo (víctimas nacionales, territorio); jurisdicción universal no, basta la gravedad del crimen.

Juzgar crímenes graves exige procedimientos rigurosos porque ahí radica la diferencia entre justicia y venganza. La captura militar de Maduro esquiva tanto la jurisdicción universal como la extraterritorial. No ancla en crímenes internacionales sino en narcotráfico; no respeta procedimientos de extradición que activarían la competencia legítima de tribunales.

La CPI ha emitido órdenes de arresto: contra Putin por deportación ilegal de niños ucranianos, contra Netanyahu por crímenes de guerra en Gaza. Que se ejecuten o no depende de voluntad política, pero el mensaje jurídico es inequívoco: la impunidad de los máximos dirigentes ya no está garantizada.

La solución no es abandonar los marcos jurídicos sino usarlos: la CPI podría emitir orden de arresto por crímenes de lesa humanidad o tribunales ejercer jurisdicción universal como hicieron con Pinochet o Habré. Si se normaliza que dictadores sean capturados militarmente y procesados solo por delitos ordinarios, el orden jurídico nacido en 1945 se vacía de contenido. Juzgar crímenes graves exige procedimientos rigurosos porque ahí radica la diferencia entre justicia y venganza.

Que Maduro sea juzgado es indispensable. Que lo sea también por crímenes de lesa humanidad, ante jurisdicciones que respeten estándares internacionales, es la prueba de si el derecho internacional sigue siendo un proyecto vivo.

Por Antonia Urrejola, ex ministra de Relaciones Exteriores

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