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Hermanos Albala pierden demanda contra sus tíos dueños del laboratorio de Tapsin y Armonyl

La magistrada del 22° Juzgado Civil de Santiago, Lorena Cajas concluyó que no se acreditaron los requisitos legales para responsabilizar a los tíos y rechazó la demanda en su totalidad. Además, señaló que esta no era la vía adecuada para resolver un conflicto de carácter sucesorio o familiar.

Alexa y Ariel Albala Russo.

Un extenso relato de supuesta “violencia económica” presentaron en mayo de 2022 los hermanos Alexa (34) y Ariel (31) Albala Russo en una demanda de indemnización de perjuicios contra sus tíos Mónica, Fernando y Sergio Albala Chamudes, controladores del laboratorio Maver, fabricante de productos como Tapsin, Dolorub, Disfruta, Armonyl, Predual y crema Lechuga. Sin embargo, acaban de perder la causa en primera instancia.

La jueza suplente del 22º Juzgado Civil de Santiago, Lorena Cajas Villarroel, rechazó la demanda al considerar que “la prueba aportada por la parte demandante no ha logrado acreditar, en los términos exigidos por la ley, los presupuestos copulativos de la responsabilidad extracontractual que se invoca, lo que impide acoger favorablemente la acción deducida en autos”.

También sostuvo que los hechos descritos en la demanda no constituyen una infracción legal. En su resolución, señaló que “la mayoría de las imputaciones refieren a aspectos emocionales dentro de una dinámica familiar compleja, pero que, en ningún caso, pueden calificarse como infracción a un deber legal de conducta”. Agregó que “ni la ley sustantiva ni la jurisprudencia reconocen la existencia de un deber de cuidado legalmente exigible entre tíos y sobrinos, menos aun cuando los actores son personas mayores de edad, capaces jurídicamente, y que no han estado jamás bajo el cuidado ni dependencia legal de los demandados”.

Además, la magistrada cuestionó la falta de precisión de la demanda para configurar una responsabilidad civil. A su juicio, “del tenor de la demanda no se desprende una exposición concreta en cuanto al momento específico en que cada uno de estos daños se habría producido ni, menos aún, cuándo habrían concurrido de forma copulativa los elementos que habilitan la acción de responsabilidad extracontractual”.

La jueza explicó que esta no era la vía adecuada para resolver el conflicto descrito. Así lo señaló en su fallo: “En otro orden de ideas, si los actores consideran que sus derechos hereditarios han sido vulnerados por decisiones adoptadas en el ámbito patrimonial o sucesorio de su familia, corresponde que hagan valer sus pretensiones mediante las acciones civiles que correspondan, no siendo la vía adecuada la acción de responsabilidad extracontractual deducida en autos”.

Disputa

Corría el año 1923 cuando Elías Albala Franco -químico farmacéutico y poeta- fundó Laboratorios Maver, comenzando sus operaciones con las populares “Obleas Chinas”. En 1970 su hijo Alberto Albala Weissmann expandió los negocios de la compañía y hoy sus nietos insisten en tribunales en denunciar el menoscabo de no poseer acciones en la compañía ni un gran patrimonio como el resto de sus familiares.

En mayor de 2022, los hijos de Daniel Albala Chamudes y Karol Russo Camhi -Alexa (32) y Ariel (29)- interpusieron en el 22° Juzgado Civil de Santiago una millonaria demanda de indemnización de perjuicios en contra de los hermanos de su padre: Fernando y Mónica. Los jóvenes denunciaron haber sufrido una serie de “dinámicas de violencia intrafamiliar y discriminación sistemática” desde temprana edad.

“Mis representados fueron arbitrariamente excluidos del patrimonio familiar. Un laboratorio como Maver, construido por el bisabuelo de mis representados y consolidado por su abuelo, Alberto Albala, termina siendo poseída sólo por dos tercios de la familia. Por ello, este daño se avalúa como un tercio del valor de Laboratorios Maver”, consignó la demanda patrocinada por el abogado Juan Pablo Hermosilla. El jurista tiene experiencia en este tipo de litigios familiares y anteriormente defendió a Verónica Calderón, hija de uno de los hermanos fundadores de Ripley.

Si bien no detallaron el daño emergente con una cifra exacta, los demandantes dijeron tener un informe empresarial de julio de 2021 que detalla que, sólo en propiedades, esta empresa tiene bienes inmuebles avaluados en $6.751 millones. Este mismo informe categoriza a esta compañía entre aquellas con una facturación superior a las 100.000 UF (unos $ 3.200 millones). En cuanto al daño moral, ambos demandantes -según el escrito- se reservaron dar a conocer el monto que exigen en esta primera etapa del juicio, luego que el 5 de mayo la acción fuera declarada admisible.

De acuerdo al relato de sus hijos, a Daniel Albala se le ridiculizaba por su condición de salud mental —específicamente por síntomas compatibles con un trastorno bipolar— y se le humillaba abiertamente frente a su familia.

La defensa

En el juicio, la defensa de Mónica y Fernando Albala, liderada por el abogado Jorge Meneses, socio de Clyde & Co sostuvo que la demanda de sus sobrinos no tenía base legal ni hechos concretos que justificaran una indemnización. Señalaron que el relato presentado por Alexa y Ariel era una mezcla de recuerdos vagos, exageraciones y críticas al abuelo fallecido, Alberto Albala, más que acusaciones claras contra ellos. Además, sostuvieron que la ley no obliga a los tíos a cuidar ni mantener una relación cercana con sus sobrinos, por lo que no se les puede culpar por conflictos familiares o decisiones que no les corresponden.

Ambos negaron haber maltratado o discriminado a sus sobrinos, y descartaron haber impedido el contacto entre Daniel (el padre de los demandantes) y sus hijos. En sus presentaciones, Fernando Albala explicó que solo actuó como intermediario económico o de salud por encargo de su hermano Daniel, y que no fue decisión suya limitar información médica. También dijeron que los demandantes han tenido una buena situación económica y que siguieron recibiendo apoyo financiero durante muchos años.

Por último, la defensa afirmó que no existía ningún daño real que se pudiera indemnizar, que muchos de los hechos relatados eran antiguos o estaban prescritos, y que varios puntos del reclamo se relacionaban con temas de herencia, los cuales debían resolverse en otra vía judicial.

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