Por Mariana MarusicReforma previsional: ¿Cómo informarán las AFP a sus afiliados las cotizaciones del préstamo al Estado?
La Superintendencia de Pensiones publicó la norma en consulta que regula la información sobre las Cotizaciones con Rentabilidad Protegida que las AFP deberán entregar a sus afiliados, incorporando información adicional a la cartola cuatrimestral.

La Superintendencia de Pensiones continúa emitiendo normativas en consulta para implementar por completo la reforma de pensiones que hace poco más de un año aprobó el Congreso.
En este contexto es que ahora el regulador publicó una nueva norma en consulta, que tiene plazo máximo para recibir comentarios el próximo 10 de marzo, y que busca regular la información que entregarán las AFP a sus afiliados sobre las cotizaciones que cada de uno de ellos registre para el préstamo reembolsable que harán al Estado, estas son oficialmente las “Cotizaciones con Rentabilidad Protegida”.
La reforma estableció que del 7% de cotización extra que aportarán los empleadores, un 1,5% irá, a futuro, dentro de 30 años, a las cuentas individuales de cada cotizante, pero antes de eso y de manera transitoria se denominará “Aporte con Rentabilidad Protegida” y se destinará al llamado Seguro Social que crea el proyecto.
La medida funciona como un préstamo, dado que una vez que el afiliado se jubile, el monto que aportó será devuelto íntegramente a su pensión, con reajustes e intereses.
En lo inmediato, los recursos de este préstamo reembolsable irán a pagar una garantía de 0,1 UF por año cotizado, con tope de 2,5 UF, para los actuales jubilados y quienes se pensionarán en los próximos años, beneficio que empezó a entregarse en enero de 2026.
El llamado préstamo reembolsable comenzará cuando en agosto de este año suba un 1% adicional la cotización con cargo al empleador. En ese momento partirá la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), esta es la cotización que da origen al bono de seguridad previsional, por el llamado préstamo reembolsable.
La Superintendencia explicó mediante un comunicado que esta información deberá ser proporcionada por las AFP a sus afiliados a través de la cartola cuatrimestral, según lo establecido por la ley.
La propuesta del regulador “incluye modificaciones relativas al tipo de información que contiene la cartola, aquélla que deberá incorporarse y cómo tendrá que ser presentada”, explicó la Superintendencia antes de profundizar en el detalle.
“Estas modificaciones, que comenzarán a regir el 1 de agosto de 2026, se verán reflejadas en la cartola que contiene información correspondiente al tercer cuatrimestre (septiembre-diciembre) de este año, y que estará a disposición de las y los afiliados durante la segunda quincena de febrero de 2027″, agregó.
La propuesta
La norma en consulta de la Superintendencia establece la información que el Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP) deberá entregar a las AFP sobre la CRP.
También informa el modo en que las AFP deberán presentar dicha información en la cartola. En ese sentido, el regulador explicó que “en el cuadro de la cartola en el que se detallan los movimientos del cuatrimestre de la Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias (CCICO) de la AFP, además de lo que se informa en la actualidad”, se deberá incluir dos cosas adicionales.
Primero, “la información de las cuotas del Bono Amortizable que se depositará en esa cuenta a partir del cumplimiento de la edad legal, para las personas que no se hayan pensionado. Además, se informarán los ingresos por endoso o rescate de Bono Amortizable”.
Segundo, “se informará el ingreso de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, que es transferida desde el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). Asimismo, se instruye informar el egreso de dicha prima cuando se pague a las compañías de seguros a cargo de la cobertura del SIS”.
Pero además, “se incorporará en la información de la cartola un cuadro con información de la Cotización con Rentabilidad Protegida, el que contendrá el saldo mantenido en el FAPP y las cotizaciones pagadas por los empleadores (o trabajadores independientes), así como también el pago de las cuotas del Bono Amortizable, según corresponda”.
El regulador detalló que “en este mismo cuadro se deberán informar las ganancias del cuatrimestre por las cotizaciones con rentabilidad protegida, correspondientes a la variación de la UF más los intereses devengados por dichas cotizaciones hasta el fin del cuatrimestre”.
Por otra parte, “en el caso de la información sobre morosidad que contiene la cartola, se deberá añadir aquella relativa al estado de morosidad de las cotizaciones con rentabilidad protegida”.
Comisiones implícitas
El regulador también explicó que “la propuesta normativa de la Superintendencia de Pensiones incorpora, además, un nuevo capítulo que instruye a las administradoras incluir con el envío de la cartola, un cuadro resumen donde se presente información de comisiones implícitas asociada a la inversión en vehículos como fondos mutuos, de inversión y aquellos utilizados para las inversiones en activos alternativos, nacionales y extranjeros, pagadas por el o los fondos donde la persona afiliada a la que se le envía la información mantenga cuentas personales, tanto obligatoria como voluntarias”.
La Superintendencia explicó que esta última disposición regirá a partir del 1 de abril de 2027.
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