Superintendencia de Pensiones informa nuevos topes imponibles para calcular cotizaciones previsionales

A través de un comunicado, el regulador informó que a partir del 1 de enero de 2024, el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de pensiones, de salud y de ley de accidentes del trabajo subirá a 84,3 Unidades de Fomento (UF) desde su valor actual de 81,6 UF.


La Superintendencia de Pensiones dio a conocer los nuevos topes imponibles para el cálculo de cotizaciones previsionales este año. A través de un comunicado, el regulador informó que a partir del 1 de enero de 2024, el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de pensiones, de salud y de ley de accidentes del trabajo subirá a 84,3 Unidades de Fomento (UF) desde su valor actual de 81,6 UF.

Por otro lado, la Superintendencia dio a conocer que también subirá el tope imponible mensual para calcular las cotizaciones del seguro de cesantía aumentará a 126,6 Unidades de Fomento (UF) desde las actuales 122,6 UF.

Estos topes imponibles se aplicarán a contar del pago de cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2024, que deben pagarse hasta el 10 de marzo de este año.

Según detalló el regulador, en noviembre del año pasado, un total de 463.958 personas cotizaron en el sistema de pensiones por el tope imponible, lo que equivale al 7,99% del total de cotizantes. En cuanto al seguro de cesantía fueron un total de 118.752 personas que cotizaron en el tope.

“La legislación vigente establece que los topes imponibles deben reajustarse anualmente cuando el índice de remuneraciones reales que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) registra variaciones positivas entre noviembre del año anteprecedente y noviembre del año precedente respecto del año en que comenzarán a aplicarse. Si la variación es negativa, los valores deben mantenerse. Esto se encuentra regulado en el artículo 16 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, y en el artículo 6° de la Ley N° 19.728 que establece el Seguro de Desempleo”, explicó el regulador.

Y agregó que “para el reajuste de los topes imponibles que regirán este año corresponde utilizar la variación del índice de remuneraciones reales observada entre noviembre de 2022 y noviembre de 2023. Al respecto, con fecha 5 de enero de 2024 el INE informó que en el período mencionado la variación del índice de remuneraciones reales fue de 3,3%”.

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