Cartas al Director

Derecho a la educación y matrícula

Derecho a la educación y matrícula

SEÑOR DIRECTOR:

Basándose parcialmente en tratados internacionales que consagran el derecho a la educación, la Superintendencia del ramo dictaminó que los colegios particulares subvencionados deben renovar la matrícula de niños cuyos apoderados no paguen la colegiatura. Con ello, la Superintendencia exige que el colegio particular se haga cargo de garantizar el derecho a la educación.

Ello olvida que, si bien los particulares son quienes generalmente proveen los DD.HH. (piénsese en el derecho a la alimentación), lo hacen siguiendo las lógicas del mundo privado. Por ello, cuando los titulares de un derecho social no pueden procurárselo por sí mismos, no son los privados los llamados a garantizarlo: los tratados internacionales le dan el rol de garante al Estado. Éste puede garantizar el derecho con sus colegios públicos, y si falla en su labor de contar con colegios adecuados, no puede desentenderse de su responsabilidad, endosando a los privados sus propios deberes.

Álvaro Paúl Díaz

Profesor de Derecho Internacional y DD.HH. Derecho UC

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