Postergar, pero solo una vez

SEÑOR DIRECTOR:
Según ha trascendido, el Ejecutivo prepara un proyecto para postergar en un año la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales, que regiría desde el 1° de diciembre de 2027. La medida es difícil de entender si se considera que la normativa fue publicada a fines de 2024 y estableció un periodo de vacancia de dos años. Sin embargo, responde a una realidad ineludible: la Agencia de Protección de Datos Personales, encargada de aplicar la ley, aún no se constituye.
En este contexto, parece preferible aplazar la vigencia de la ley antes que hacerla regir sin un ente regulador. Pero esta postergación sólo tiene sentido bajo condiciones claras. Primero, debe ser una sola vez y por un plazo máximo de un año. Cualquier fórmula que permita nuevas prórrogas erosionaría la certeza jurídica que la propia ley busca entregar y normalizaría que su aplicación quede sujeta a la contingencia política.
Segundo, es urgente designar al Consejo Directivo de la Agencia. Si para alcanzar consensos políticos en el Senado se requiere aumentar de tres a cinco consejeros, bienvenido sea.
Tercero, debe considerarse que la futura Agencia tendrá amplias facultades sancionadoras, pero durante el periodo entre su instalación y la entrada en vigencia de la ley tendrá una tarea relevante: promover una cultura de la privacidad y orientar a organismos públicos y privados sobre cómo implementar la normativa, reduciendo la incertidumbre que hoy existe.
Postergar una sola vez, con plazo cierto y consejeros designados a la brevedad, permite evitar que la institucionalidad de protección de datos se debilite antes de funcionar.
Emilio Oñate Vera
Abogado y académico U. Central
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